El gobierno del Chaco aprobó el Decreto Nº 1567/13, que reglamenta la Ley Provincial de Biocidas Nº 7032, derogando al anterior, Nº 2428/12, y toda otra norma que se le oponga. La Ley establece pautas de registro para el uso de agrotóxicos, productos, transporte, prohibiciones, disposición final de envases.
Luego de la reglamentación, la subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, María Elina Serrano, sostuvo que el nuevo Decreto "constituye una propuesta superadora que tiene como principal objetivo facilitar la aplicación práctica de la ley, abarcando todas las actividades relacionadas con los productos fitosanitarios, desde su elaboración hasta su disposición final, en miras a alcanzar una gestión integral de los mismos".
El organismo de aplicación tiene a su cargo la administración de un sistema provincial de denuncias ciudadanas por la incorrecta aplicación de productos agroquímicos, derivas, y toda otra infracción a la ley.
Las principales reformas en la Ley están referidas a los registros de actividades y productos, transporte, prohibiciones, disposición final de envases; manteniéndose vigente las distancias de aplicación, tanto terrestre como aérea.
Asimismo, y por un motivo de técnica legislativa, se han suprimido los montos fijos estipulados en concepto de aranceles, estipulándose las pautas para su fijación mediante Resolución de la autoridad de aplicación competente, en este caso, el Ministerio de Planificación y Ambiente.