Recuerdan el 74° aniversario de la declaración de los Derechos de la Ancianidad
El 28 de agosto de 1948, María Eva Duarte de Perón proclamó los “Derechos de la Ancianidad”, convirtiendo a nuestro país en pionero en la lucha por los derechos humanos de las personas mayores y dando el puntapié inicial para la redacción de la actual Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (Ley Nac. 27360).
En el Artículo 10 de dicha Convención se encuentra el “Derecho de las Personas Mayores a no ser sometido a Torturas y Malos Tratos”, que da origen a la Línea de Acción Gerontológica dentro del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco en el año 2019.
Línea RAM
Desde la línea RAM (de Residencias para Adultos Mayores) se realizan monitoreos para garantizar la preservación de los derechos de los adultos mayores en contextos de encierro, tanto en instituciones de alojamiento permanente como en cualquier otro dispositivo donde existan adultos mayores privados de alguna manera de su libertad; velando siempre por el mejoramiento de sus condiciones dentro de la institución.
Estas condiciones, relevadas a través del protocolo de intervención del Comité, abarcan el estado de la infraestructura de la institución que los aloja; el control de los legajos de las y los residentes, donde no sólo se encuentre documentación relacionada a la identidad de la persona, sino también el consentimiento voluntario de ingreso y/o permanencia en la institución; el manejo de los haberes de los mismos; la cantidad, el sistema de contratación y el nivel de instrucción del personal que los asiste; la planificación y el cumplimiento de los horarios y rutinas institucionales; la provisión de alimentación acorde a peso y talla; patologías y estado de salud en general; la planificación y elección de actividades recreativas, físicas y culturales; y cualquier otro hecho que al ser evaluado puede prevenir la tortura u otros malos tratos para las personas mayores.
El Decálogo de la Ancianidad de Evita
El Decálogo de la Ancianidad de Evita establecía derechos de asistencia, vivienda, alimentación, vestido, cuidado de la salud física, cuidado de la salud moral, esparcimiento, trabajo, tranquilidad y respeto.
Estos derechos de la ancianidad fueron incorporados en la Constitución Nacional de 1949 y a partir de ese entonces, desde la Fundación Eva Perón, se comenzaron a construir cientos de hogares para los ancianos y ancianas y a su vez se consiguió una ley que establecía pensiones para las personas mayores de 60 años. Argentina fue pionera en incluir en su carta magna derechos para los hombres y las mujeres de la tercera edad.
Luego de esto, la temática fue abordada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y el resto de los países comenzaron a prestarle atención al tema.