Abogados de Rey pedirán que se computen los cuatro años y 10 días que ya estuvo preso y se le otorgue la libertad condicional
Piden sumar el tiempo de detención tanto efectiva como domiciliaria, y de las distintas causas conexas por las cuales el exsecretario general de la Gobernación de Domingo Peppo estuvo privado de libertad.
En marzo del año pasado Horacio Rey fue condenado por la Justicia Provincial por asociación ilícita a cinco años y medio de prisión, más ocho de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Este jueves la Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia ordenó su detención porque se habían agotado las instancias provinciales de apelación.
De esta forma Rey cumpliría en prisión los dos años y seis meses que le restan de pena, tras descontarse los tres años y un mes que ya estuvo privado de su libertad -con prisión preventiva- en el marco de esa causa provincial.
Por su parte, los abogados defensores de Rey -María Zara Romero Castelán y Nelson Pessoa- pedirán un cómputo distinto de la pena restante. Entienden que a los tres años y un mes se debe agregar los meses que estuvo detenido por la causa federal.
En el escrito al que tuvo acceso EsChaco recuerdan que luego de que Rey fue absuelto en la causa sustanciada en la Justicia Federal, el Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación y la Cámara Federal de Casación Penal lo admitió y anuló una parte de esa sentencia absolutoria. Luego esa Cámara le ordenó al Tribunal Oral Criminal Federal de Resistencia que, con una nueva composición de jueces, volviera a analizar el caso y dictara una nueva sentencia.
El nuevo juicio aún no se realizó, pero los abogados de Rey piden que se compute “aquel plazo que transcurrió desde que fue detenido hasta el cese de la prisión preventiva en aquella causa federal (…), la cual recordemos es conexa a estas actuaciones, en las que se juzgaron ilícitos precedentes”.
“En concreto, los más de 4 años en que el Sr. REY fue privado de su libertad, y que expresamente se reconocen en la resolución del cese de prisión preventiva dispuesto por el TOF en Resolución de fecha nº 06/04/2022 en Incidente nº FRE 175/2018/TO1/117, representan un total de más de 48 meses, que a su vez representan más del 2/3 (dos tercios) de la pena dispuesta en estos autos de referencia (66 meses), dando lugar a la posibilidad de acceso a la libertad condicional en los términos del Art. 13 del Código Penal y el Art. 28 de la Ley 24.660 de Ejecución Penal”.
Este cómputo de pena por lo pronto deberá realizarlo la justicia provincial -la Cámara Tercera-. De contabilizar el tiempo que Rey estuvo con prisión preventiva en el marco de la causa federal por lavado de activos, debería recibir en un lapso perentorio el beneficio de la libertad condicional.