Jueves, 14 de Noviembre de 2024
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Comunicado pedido por Cámara Tercera
Martes, 12 de noviembre de 2024
Informan sobre la postergación del juicio por jurados en el caso Carla Retamozo
El juez de la Cámara Tercera en lo Criminal Ernesto Azcona informó sobre el juicio por jurados N°51 que fue reprogramado para el 18 de febrero del 2025. Al respecto, aclaró que si bien el proceso judicial debía comenzar el lunes pasado sufrió una demora debido a que el imputado, Marcelo Ortiz, solicitó su internación voluntaria por razones de salud mental.


Ortiz, acusado de provocar la muerte de Retamozo durante un robo en la vía pública en la ciudad de Resistencia, se presentó a las autoridades alegando "ideas suicidas" y, tras la evaluación médica correspondiente, se determinó la necesidad de un tratamiento que le impide afrontar el juicio en este momento. El equipo médico recomendó no interrumpir su tratamiento durante los próximos tres meses, lo que llevó a la decisión de postergar el inicio del juicio.

Marcelo Ortiz enfrenta cargos de homicidio en ocasión de robo, un delito grave que se juzga mediante un juicio por jurados. Las actuaciones, con el imputado en libertad bajo caución real, llegaron al tribunal el 24 de septiembre de 2024, y las audiencias preparatorias se completaron en menos de 2 meses.

Si bien la postergación del juicio es una situación lamentable para la familia de la víctima, el tribunal se mantiene comprometido con la búsqueda de justicia y con garantizar que todas las etapas del proceso se lleven a cabo conforme a la ley, respetando tanto los derechos de la víctima como los del imputado.

El juicio se reprogramó, a través de la Oficina de Juicio por Jurados, para el próximo 18, 19, 20 y 21 de febrero de 2025, en función de la recomendación médica sobre el estado de salud de Ortiz.

El Tribunal sigue comprometido con la transparencia y el respeto por las partes involucradas en el proceso judicial, y se continuará brindando la información pertinente a los medios de comunicación y a la sociedad en general, habiéndose además dado cumplimiento con el art.5 inc. i) de la Ley 27372 siendo los familiares de la víctima informada verbalmente sobre el estado del proceso y la situación del imputado.


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