Caso Bravo: el Comité contra la Tortura apelará el fallo
La Cámara en lo Criminal de Charata absolvió este martes a los cuatro agentes policiales imputados por la muerte en custodia de Leandro Bravo, ocurrida el 26 de febrero de 2022 en esa localidad chaqueña.
Los jueces Juan Carlos Clauter, Andrea Sánchez y Lorena Cimbaro Canella, determinaron la absolución del oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, por los delitos de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica; al cabo Franco Sosa y al agente Carlos Díaz por el delito de tortura seguida de muerte; y a Enzo Gómez como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte.
Para fundamentar su decisión, los magistrados dieron por válida la versión policial de que Leo era alguien que molestaba en el vecindario y que por eso hicieron un “uso legítimo de la fuerza” para detenerlo. En este sentido, argumentaron que las condiciones precarias de salud en la que se encontraban derivaron en su muerte, legitimando así el accionar policial.
“Hoy ha quedado evidenciado que aquí reina la impunidad”, aseguró el abogado por la querella del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco, Roberto Sotelo.
“Qué podemos esperar de una Cámara Criminal que no tiene perspectiva en derechos humanos, que claramente ataca y afecta la dignidad de una persona que no puede defenderse, que no está presente porque fue muerta a manos de personal policial”, afirmó. Sotelo remarcó que Leandro Bravo “no murió de una enfermedad ni por una situación común, murió a manos de la policía y esto hay que decirlo”. El Comité apelará la sentencia ante el tribunal de alzada