La Cámara de Diputados sancionó el la Ley 7290, promovida por el Ejecutivo Provincial, por la cual se crea en la Provincia del Chaco el Régimen de Consorcios de Ladrilleros, “con la finalidad de proponer aunar esfuerzos y aportes económicos de distinta naturaleza para lograr contención, desarrollo y fortalecimiento de los pequeños establecimientos fabricantes de ladrillos artesanales de adobe y otros derivados de similar materia prima” según rezan los fundamentos de la misma.
La sanción de la Ley se dio con la presencia de un nutrido grupo de ladrilleros en la barra del Recinto de Sesiones, quienes celebraron la aprobación de este instrumento que significará un importante aporte al fortalecimiento y el crecimiento de su actividad, así como el mejoramiento de sus condiciones de trabajo y su calidad de vida.
Los Consorcios “serán entidades de bien público, sin fines de lucro, integrados por trabajadores y trabajadoras que por cuenta propia se dedican a la fabricación de ladrillos artesanales de adobe destinados a la construcción, con el objeto de aunar esfuerzos y aportes económicos de distinta naturaleza para lograr contención, desarrollo y fortalecimiento de los pequeños establecimientos fabricantes de ladrillos artesanales de adobe y otros derivado de similar materia prima” establece la norma y agrega que “serán Asociaciones Civiles, con capacidad para actuar pública o privadamente y para adquirir derechos y contraer obligaciones a partir de su reconocimiento por la Dirección de Personas Jurídicas y su inscripción ante el Registro creado en la presente ley”.
Los objetivos de los Consorcios serán “la prestación de servicios, provisión de insumos y equipamiento destinado a la actividad productiva de fabricación de ladrillos y otras actividades productivas definidas por la autoridad de aplicación. La prestación y provisión será para los integrantes del consorcio y en los parques o lugares donde se desarrolle las actividades productivas”. Además, organizaran y establecerán “mecanismos de comercialización y distribución de ladrillos y otros bienes originados en actividades productivas definidas por la autoridad de aplicación”.
Deberán también “colaborar con Consorcios vecinos, celebrar acuerdos bilaterales y multilaterales con el objeto de adquirir y utilizar en común maquinarias para ejecutar trabajos para el cual fueron creados” y “promover la capacitación y la aplicación e incorporación de tecnologías apropiadas que tiendan a mejorar la calidad del producto, optimicen el uso de materias primas, mejoren las condiciones de trabajo y disminuyan el impacto ambiental de la actividad, así como la incorporación de nuevos productos relacionados. Los Consorcios deberán participar de las capacitaciones y actividades que realice el Centro de Capacitación de Ladrilleros creado por la presente”.
Estas entidades deberán “lograr una planificación de la producción de manera que sea previsible en volumen y calidad, buscar garantizar la comercialización en buenas condiciones, para lo que podrán almacenar la producción, realizar convenios de provisión y realizar pagos a cuenta a los integrantes del Consorcio, ante la entrega de producción” y relevarán “los establecimientos productivos, las personas o familias que lo integran, así como la ubicación territorial, situación legal del uso u ocupación del lugar, capacidad de producción y todo otro dato que coadyuve a llevar adelante los procesos productivos y la planificación de la asistencia y acciones a desarrollar”.
Por otra parte, apuntarán a “construir soluciones habitacionales destinadas a los integrantes de los Consorcios y su familia, buscando mejorar las condiciones de vida de los mismos” y “a mejorar o instalar predios o parques destinados a la ubicación de los establecimientos productivos, regularizar la situación dominial de los mismos, gestionar nuevos predios con destino a la producción, almacenamiento y desarrollo de las actividades comprendidas en la presente ley”.
Para constituir el Consorcio “deberá integrarse una Comisión Provisoria, compuesta por lo menos de quince (15) personas de existencia física que estén desarrollando la actividad productiva objeto de la presente, deberán ser mayores de dieciocho (18) años, capaces y con domicilio real o especial en la zona de influencia del futuro Consorcio cuya creación se propone”.
La Autoridad de Aplicación “podrá establecer cantidades máximas de establecimientos productivos y personas involucradas en la actividad para cada Consorcio, fusionar las propuestas, establecer cantidad de Consorcios por Municipio, así como el tamaño y los parámetros productivos de los establecimientos, de manera de garantizar que esté destinado a los pequeños establecimientos productivos. En todos los casos deberá garantizar la libre incorporación, permanencia y participación de los productores comprendidos dentro de cada Consorcio”.
Por esta norma se crea también el Registro Provincial de Ladrilleros y Consorcios, el que tendrá como objeto “la generación de una base de datos que incluya a los pequeños establecimientos, dedicados a la fabricación de ladrillos artesanal de adobe, sus integrantes y familia y a los Consorcios que por aplicación de la presente se vayan conformando en el territorio provincial. El Registro así creado integrará al Registro Provincial de Ladrilleros creado por Decreto Nº 254 del 21 de enero del año 2008, la Autoridad de Aplicación deberá prever la integración de la información y de las acciones y políticas desarrolladas en el marco del citado decreto, atento a que las mismas están contenidas en el espíritu de la presente ley”.
Adicionalmente, se crea también el Centro de Capacitación de Ladrilleros de la Provincia, “en el marco del Acuerdo de Complementación, Colaboración y Gestión Asociada para la Ejecución del Subprograma “Gestión Ambiental Minera” (GEAMIN) firmado entre la Secretaría de Minería de Nación y el Gobierno de la Provincia del Chaco, la que dependerá de la Autoridad de Aplicación y que tendrá por objeto promover la capacitación y aplicación de nuevas técnicas y tecnología para la producción, en el marco de lo establecido en la presente ley. Para el funcionamiento de la misma, la autoridad de aplicación podrá realizar convenios con Municipios, Organismos Públicos, Jurisdicciones del Estado Nacional, Provincial y de otras Provincias, así como con los Consorcios”.
En cuanto a los recursos, la Ley crea un Fondo Específico para el Régimen de Consorcios de Ladrilleros, “el que será administrado por la Autoridad de aplicación en el marco de lo establecido en la presente ley, quien deberá informar a la Asociación de Consorcios periódicamente sobre la situación y movimientos del presente Fondo”. Dicho Fondo se formará con la aplicación de los siguientes recursos: El 3,5% de los recursos recibidos del FO.NA.VI.; el 2,5% del recupero de cuota de viviendas que recaude el I.P.D.U.V.; el 3%0 del valor de los certificados de obras públicas ejecutadas por empresas constructoras, cuyas obras contengan ladrillos de adobe entre los insumos de la misma; todo otro recurso aportado por organismo internacional, nacional, provincial o municipal que se destine a financiar actividades o programas destinados a la actividad productiva comprendida en la presente y subsidios, donaciones y/o legados en efectivo, equipos y materiales que reciba de instituciones públicas o privadas o de particulares”.
La norma especifica que “la recaudación prevista (…) no podrá superar los diez millones de pesos anuales para lo que la autoridad de aplicación podrá suspender o disminuir los porcentajes o montos de los conceptos previstos si fuere necesario de manera de no superar el máximo establecido” aunque aclara que “dicho tope podrá ser incrementado en hasta un 50% por el Poder Ejecutivo, siempre que se considere necesario para dar cumplimiento a lo establecido por la presente ley”.
Adicionalmente, la Ley establece mecanismos de fijación de precios mínimos y condiciones de comercialización, control de calidad y medidas; exención de tasas e impuestos y reglamenta la conformación de una Asociación De Consorcios De Ladrilleros.
La autoridad de aplicación será el I.P.D.U.V., “quien coordinará acciones con el Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo y el Ministerio de Producción, pudiendo el Poder Ejecutivo ampliar esta facultad a otras jurisdicciones o reemplazarlas, teniendo en cuenta las funciones y acciones necesarias para lograr la más eficiente, justa y rápida aplicación de la presente ley”.
FUNDAMENTOS
El diputado Fabricio Bolatti explicó que esta norma, de autoría del Poder Ejecutivo, “sintetiza un largo trabajo para generar una política de crecimiento y desarrollo de este sector muy importante para la provincia” y recordó que “este trabajo comienza con muchos de los presentes, integrantes de las asociaciones de ladrilleros, de muchos que planteaban que su sector sea protagonista de las políticas públicas”.
Observó que “es muy difícil imaginarse las obras de construcción en nuestra provincia sin su participación, sin los ladrillos de adobe que son parte de la mayoría de las obras en Chaco; sin embargo” planteó, “veíamos que el sector no participaba como debe ser, que su esfuerzo no era reconocido y quedaban en manos de empresas constructoras, corralones, intermediarios, y nunca en manos de los trabajadores que producen este insumo tan importante para la obra pública”.
El legislador reconoció “la voluntad del Gobernador, que siempre se preocupó por este sector, fue uno de los primeros temas que nos planteó en 2007 cuando me tocó estar en la vocalía del Instituto de Vivienda” y en ese sentido, recordó que “una de las primeras medidas fue la creación de un Registro para regularizar su trabajo, ya que la informalidad era uno de los escollos principales para incluirlos en distintas políticas; hoy el Registro tiene más de 1300 ladrilleros registrados que están formalizados por el monotributo social”.
Bolatti reconoció que “esto no era suficiente para políticas que se pretendían establecer, como determinar un precio mínimo para vender su producto para las construcciones en obra pública, esto era muy difícil si no creábamos algo superior que los contenga”. En consecuencia, del “trabajo conjunto del gobierno y otros sectores surge esta iniciativa: la creación de un Régimen de Consorcios Ladrilleros que les permita organizarse a través de una asociación civil, realizar mejor su actividad, mejorar su rentabilidad, trabajar en mejores condiciones personales, proveerse de insumos, organizar su mecanismo de distribución, producir de mejor forma, ampliar y diversificar su producción, planificar la forma de producir, el territorio que van a ocupar”.
El legislador detalló que “esta iniciativa también propone la disposición de 10 millones de pesos anuales que van a ser fondos que por su forma y fuente van a ser seguros, con ellos van a poder comprar sus maquinarias, sus insumos, van a poder equiparse, cumplir con sus objetivos, organizarse territorialmente, comprar su tierra para incluso crear sus parques de producción en el futuro”.
Reconoció que “son los propios ladrilleros quienes han propuesto, han trabajado, me han invitado a participar, por eso me parece muy importante esta herramienta legislativa, de la cual puede decirse que habrá un antes y un después”. Sostuvo que “esta actividad va a tener un despegue muy bueno y va a poder generar mejores condiciones de trabajo y existencia, estoy seguro que para ellos es un día muy especial así que nos pone muy contentos desde el Frente Grande haber sido parte de este proceso y esperemos que la aplicación de esta ley pueda llevarse de la mejor manera”.
El legislador radical Luis Verdún, adhirió a las palabras del diputado Bolatti y recordó la jornada debate que en torno a esta iniciativa se realizara días atrás en la Legislatura, “desde el bloque acompañamos esa jornada y manifesté personalmente que esa mañana fue un motivo de profunda satisfacción cuando vimos a los integrantes de las asociaciones de ladrilleros de muchas localidades que hicieron un alto en sus tareas y marcaban con su presencia el interés que tienen en esta normativa”.
Destacó “estamos ante presencia de un instrumento que tiene que ver con revalorizar la dignidad de las personas, sus familias, su trabajo” y observó que los ladrilleros “están desprotegidos muchas veces, por eso entendemos que esta es una norma al servicio de la gente y las leyes cuando son producto de lo que la gente demanda nos deben poner felices”.
El diputado Miguel Milar sostuvo que “uno no puede menos que compartir los objetivos que se plantean en esta Ley que busca no sólo la capacitación, sino la incorporación de la tecnología, optimizar el uso de la materia prima, organizar el trabajo, tener mecanismos de comercialización y distribución de los ladrillos”.
La diputada Elda Pértile observó que “estamos asistiendo a la sanción de una Ley importante para la provincia y para su estructura laboral, este proyecto se enmarca en el crecimiento de empleo en el Chaco donde en un plan concebido en el 2007, el Gobernador habló de la necesidad de aumentar el empleo industrial y el empleo privado formal”.
Recordó, asimismo, que “durante muchos años prácticamente la actividad industrial había desaparecido, el trabajo privado estaba deprimido y la esperanza estaba en el empleo público” y destacó que “actualmente el Gobernador en un plan perfectamente concebido, le da una prevalencia y una importancia fundamental a lo que es el empleo privado con cada uno de los sectores de la economía chaqueña”.
El presidente del bloque Justicialista, Ricardo Sánchez, expresó el acompañamiento de su bancada y destacó que la norma apunta “a un sector que realmente se caracteriza por ser una economía de subsistencia, con bajo nivel de condiciones de vida, con escasa tecnificación, y con desfavorables condiciones de comercialización, ese es el universo de los ladrilleros artesanales, y con esa base es que el Gobernador Capitanich lleva adelante este proyecto de ley que tiende a darle fortaleza”.
Observó que en la actualidad, “en un contrato de comercialización donde está la empresa constructora por un lado, y el ladrillero por otro, casi siempre éste no puede discutir en condiciones de igualdad por no tener la fuerza necesaria, para eso el Ejecutivo pretende fortalecer a este sector débil”. Relató que “la realidad actual en el Chaco indica que tenemos ladrilleros que muchas veces ni siquiera tienen una vivienda de material para vivir con su familia, por eso dentro de los objetivos de estos consorcios, no sólo está el de dar capacitación, también se tienen en cuenta los objetivos de planificar la producción, además de brindar soluciones habitacionales”.
Valoró además, que la Ley “garantiza la creación de un fondo específico para el Régimen de Consorcios de Ladrilleros, que toma un porcentaje de Recupero de pagos de certificados de obra pública, garantizando un mínimo de 10 millones de pesos anuales que es el fondo inicial que lo dice el mismo art. 10 que puede extenderse en un 50% siempre que se considere necesario para cumplir con los objetivos de esta ley”.
En cuanto a los fines y objetivos, rescata en particular “el centro de capacitación de ladrilleros de la provincia, también un viejo sueño de los ladrilleros de esta provincia que es fijar un precio mínimo y condiciones de comercialización, la exención de tasas e impuestos, el Registro de Ladrilleros, etc.” y aseguró que “estas políticas están dedicadas a cambiar la vida de este sector social, y son parte de los cambios que produce el Gobierno Provincial”.
Sergio Vallejos, manifestó también el acompañamiento y destacó que “este proyecto concreta las aspiraciones que muchas familias sacrificadas tienen para mejorar su calidad de vida, hemos dicho reiteradamente que desde el radicalismo acompañaremos todo lo que sirva para la gente”.
La diputada Mirta Morel se sumó “a las expresiones de los diputados que han trabajado y acompañaron esta iniciativa” y destacó que “esta es una etapa de reconocimiento del sector por parte del Estado, el Gobierno de la Provincia ha pergeñado este proyecto que contempla las aspiraciones de los ladrilleros”.
La norma fue aprobada en general por los 26 legisladores presentes, mientras que en el tratamiento en particular el diputado Varisco se abstuvo en dos de los artículos. Luego de la sanción los diputados solicitaron un cuarto intermedio, oportunidad en la que se acercaron a saludar a los ladrilleros presentes.