En lo judicial, lo prescriptible se funda en el derecho del reo ser juzgado sin dilación injustificada, para que a una persona no se la mantenga por tiempo indeterminado a disposición de las medidas tribunalicias.
Se basa en consideraciones de racionalidad. Pero cuando ese derecho se convierte en un beneficio para escapar a la sanción de la ley, es inaceptable. Y menos aún cuando se trata de casos de delitos cometidos contra la integridad sexual. Son vejaciones que no terminan en la persona de la víctima, sino que trascienden desde la víctima, su familia y su entorno, a toda la comunidad. La sanción de las violaciones graves resulta esencial para garantizar el respeto y la protección de las personas, de la mujer y del niño, como también para garantizar el respeto y protección de un bien jurídico que debe ser primordialmente protegido, esto es, la dignidad del ser humano.
Soy autor de un proyecto de ley por el cual se declaran imprescriptibles los delitos contra la integridad sexual, incorporando la norma en el Código Penal, artículo 62 bis. Por esta ley, serán imprescriptibles los delitos cometidos contra la integridad sexual en cualquiera de los siguientes casos: a) cuando resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima; o b) cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio, oc) cuando el abuso sexual por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima, o d) cuando el hecho fuere cometido contra un menor de dieciocho años.
La imprescriptibilidad que se propone en este proyecto de ley es una forma de acotar los márgenes de la comisión de delitos, ya que con esta reforma, no habrá manera de escapar a la sanción penal, ni de beneficiarse con la impunidad que resulta de los dilatados procesos judiciales.
Desearía que los medios de comunicación, los periodistas y comunicadores, los militantes sociales y las organizaciones populares que actúan sobre este tema, contribuyan a impulsar al Estado y a los organismos correspondientes, a la rápida aprobación de estas normas.