Tasa de Justicia: el STJ afirmó que cumple con la ley
El alto cuerpo salió a responderle a dirigentes gremiales, y aseguró que entre enero y febrero se abonaron casi 2 millones de pesos al personal de planta, en cumplimiento de la ley 7090.
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco, en relación con declaraciones de dirigentes gremiales, informa a la población que desde el 25 de octubre de 1995 rige la ley 4181 de “autarquía del Poder Judicial”, la que entre otros puntos establece los recursos específicos propios de este Poder.
Dentro de dichos recursos se encuentra la “tasa de justicia”, tributo cuyo hecho generador está representado por las actuaciones judiciales que se tramitan ante los tribunales del Chaco, vale decir una actividad que el Estado cumple y que se encuentra vinculada con el servicio de justicia y el obligado al pago.
La recaudación de la tasa se genera a través de depósitos bancarios que los contribuyentes deben efectuar en la cuenta corriente bancaria específica de este Poder, denominada “Superior Tribunal de Justicia ley 4181/4182”, habilitada desde la fecha de su puesta en vigencia bajo el número 10.755/07 del Nuevo Banco del Chaco S.A, según convenio vigente con la entidad bancaria de mención.
La ley 4182 es la norma de origen de este tributo, modificada por ley 7090, con vigencia en su modificación a partir del 1 de noviembre de 2012. Las razones que motivaron las modificaciones propuestas se relacionan con incremento de las alícuotas, la progresividad de las mismas para grandes usuarios y la incorporación de exenciones teniendo en cuenta el carácter de orden público de determinados juicios.
A su vez la ley 7090 modificó la ley 4181 (de autarquía judicial), disponiendo que el 50% de la totalidad de los recursos específicos del Poder Judicial, sean destinados al personal de planta permanente de dicho Poder en concepto de retribución, premio o incentivo, facultad no privativa del Superior Tribunal de Justicia, sino imperativa por disposición legal.
Así en cumplimiento de la ley 4181 y su modificatoria, a partir de la totalidad de la recaudación del mes de noviembre de 2012, el STJ dispuso que desde el 15 de enero de este año se abone mensualmente un incentivo al personal de planta permanente que se encuentra en actividad; erogándose por tal concepto según registraciones contables la suma de $1.942.290 ($983.190 en enero y $959.100 en febrero). Dicha suma se distribuye en partes iguales a la totalidad de los agentes que integran la planta activa del Poder Judicial.
Desde noviembre de 2012 hasta enero de 2013 se recaudó en concepto de tasas de justicia $1.524.977,7 y por otros recursos $3.066.224,79; totalizando $4.591.202,56. El 50% de dicho valor representa $2.295.601,28. Habiéndose dispuesto un total de $1.942.290, la diferencia ($353.311,28) se acumula para afrontar las erogaciones del mes de marzo.
Finalmente en febrero se recaudaron $1.377.318.57 cuyo 50% ($688.659,28), más el acumulado de meses anteriores ($353.311,28), importan la suma de $ 1.042.140,56 que permitirá afrontar el pago del incentivo al personal del mes de marzo, el que de acuerdo a las liquidaciones efectuadas, se ha emitido por $976.380,00. La diferencia de $65.706,56 se acumulará para el mes siguiente.
Toda esta información surge de las registraciones contables llevadas a cabo por la Dirección General de Administración del Poder Judicial, incorporadas al sistema de Contabilidad Gubernamental (SACYF) y auditadas por los organismos de control interno (Contaduría General de la Provincia) y externo (Tribunal de Cuentas).