UCR: La Cámara Electoral rechaza recurso extraordinario del NEA
Con interpretaciones opuestas, Convergencia Social celebró el “fallo judicial favorable sobre la legitimidad de la Convención”, mientras que el NEA recordó que existe un “duro dictamen” del Fiscal Federal contra las autoridades partidarias.
Por fallo N° 4938/13 del 12 de marzo último, la Cámara Electoral Nacional los fundamentos del recurso extraordinario interpuesto por el Nuevo Espacio Abierto (NEA) sobre el incidente de Redargución de Falsedad iniciado contra autoridades partidarias y el veedor judicial designado a la Convención Radical del año pasado, que se reunió el 05 de mayo de 2012 en la ciudad de Machagai.
Los jueces de la Cámara Electoral Nacional, Rodolfo Munne, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera resolvieron –por unanimidad- rechazar el último recurso judicial interpuesto por cuatro afiliados y convencionales radicales referentes del NEA: Hugo Matkovich, René Brianso, Raúl Parra y Raúl Vinokurov.
Con esta decisión, el Expediente principal que es el Amparo contra las autoridades de la UCR, retoma su vigencia y deberá ahora el Juez Federal de Resistencia resolver la cuestión.
La interpretación del NEA
Al dar a conocer la resolución judicial, desde la oficina de prensa del Nuevo Espacio Abierto recordaron que “ya existe un duro dictamen del Fiscal Federal Dr. Patricio Sabadini, quién indicó que las actuales autoridades del partido no actuaron con un gran sentido democrático y republicano, sosteniendo además que la jurisprudencia sostiene que ‘un partido político sin resquicio para el disenso interno tarde o temprano revelará que es incompatible con el sistema democrático’”.
Los apelantes del NEA indicaron que aguardarán la decisión del Sr. Juez Federal “la que seguramente tomará en cuenta las pruebas obrantes en el proceso y el dictamen oportuno del Sr. Fiscal Federal, a quien se solicitó brinde su elevada opinión, aunque no vinculante, al respecto”.
La visión de Convergencia Social
Desde el gabinete de comunicación de Convergencia Social indican que de esta manera “ha quedado desestimado una vez más y en todas sus instancias el planteo de algunos afiliados del NEA intentando cuestionar lo resuelto por la mayoría de los convencionales partidarios enrolados en el movimiento CONVERGENCIA SOCIAL y la elección de autoridades del radicalismo provincial en dicha reunión partidaria, lo que ratifica la legitimidad de las autoridades de la conducción electas”.
Según la línea interna, al denegar el recurso extraordinario interpuesto, el más alto Tribunal Electoral de la República ha sostenido que las manifestaciones de los recurrentes “…no acreditan ni alegan…” que la solución de la causa dependa de la interpretación de disposiciones constitucionales. Y con relación a la supuesta arbitrariedad de la sentencia apelada, a juicio de la Excelentísima Cámara “…la misma cuenta con fundamentos suficientes que impiden descalificarla como jurisdiccional válido…”.
Salóm se considera legítimo
“Soy el legítimo conductor de la Convención y no fraudulento como el algunos insinuaron”, sentenció Leandro Salom consultado sobre este nuevo fallo judicial.
“Ha quedado demostrado que las acusaciones de ilegitimidad promovidas por el NEA han sido recursos de plena especulación política frente a una elección en la que se encontraban en franca minoría, lamentablemente lo único que se ha conseguido es impedir el normal funcionamiento del órgano más importante de la UCR”, aseveró el dirigente.