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Refrendó un proyecto de enmienda del art 158
Miércoles, 17 de abril de 2013
Aguilar propone democratizar la elección de los miembros del STJ
Con el objetivo de establecer una nueva regulación para el nombramiento de los jueces del Superior Tribunal de Justicia, asegurando una elección “más transparente, más democrática y mucho más efectiva”, el titular del parlamento licenciado Eduardo Aguilar, presentó el proyecto de Ley Nº 1110/13, por el que pretende establecer un nuevo procedimiento para la elección de los máximos miembros de la justicia chaqueña, proponiendo una enmienda constitucional del artículo 158 de la Constitución Provincial (1957-1994).



Aguilar remarcó que esta modificación va en línea con lo que en este sentido dice la Constitución Nacional y con el decreto 222 que en el año 2003 propuso el entonces Presidente Néstor Kirchner, “que permitió la elección de la actual Corte Suprema de Justicia, que sin duda, es una de las mejores composiciones que ha tenido la Argentina en toda su historia” aseveró en el marco de una rueda de prensa brindada en la Sala de Labor Parlamentaria.

Adicionalmente planteó “queremos que nuestra Constitución refleje los mismos procedimientos del decreto 222, es decir, una Ley que deberá regir esto contemplando organizar un examen de antecedentes de los postulantes, de tal manera que los postulantes tengan que –una vez que son propuestos por el Poder Ejecutivo- pasar por un período de observaciones y Audiencias Públicas de la sociedad civil”.

El tema tiene mucha relevancia en estos días en que se debate a nivel nacional la reforma judicial por lo que el presidente sostuvo que la iniciativa también apunta “a la democratización del Poder Judicial”, específicamente en la elección de los miembros del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Consideró que “esta cuestión ha tenido muchos conflictos en la provincia del Chaco en los últimos años, casi en la última década, y que nosotros creemos que habilita una nueva regulación, que se puede hacer algo mucho más transparente, mucho más democrático y mucho más efectivo” planteó y por eso “estamos proponiendo la enmienda del artículo 158 de la Constitución Provincial”.

Explicó que actualmente los miembros del STJ son cinco y hoy se los elige de acuerdo con este artículo 158 de la Constitución que dice que “los elige el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo de la Magistratura, organismo éste de siete integrantes, uno elegido por los Jueces, dos por los abogados, dos diputados, un miembro del STJ y un miembro del Poder Ejecutivo.

“Este organismo, - dijo en alusión al Consejo de la Magistratura - a nuestro entender insuficientemente democrático, es el que hoy propone a los miembros del STJ. Lo que nosotros estamos proponiendo como la modificación es una reforma que va en línea con lo que en este sentido dice la Constitución Nacional y con el decreto 222 que en el año 2003 propuso el entonces Presidente Néstor Kirchner, que permitió la elección de la actual Corte Suprema de Justicia que sin duda es una de las mejores composiciones que ha tenido la Argentina en toda su historia”.
Precisó que la reforma que propone está basada en lo siguiente: “que el procedimiento cambie, que la propuesta sea del Poder Ejecutivo y que esos miembros tengan que lograr los dos tercios de la Cámara de Diputados, esto lógicamente, es mucho mas exigente que simplemente ser propuestos por el Consejo de la Magistratura porque lógicamente no es fácil lograr los dos tercios de acuerdo en la Cámara de Diputados”.

Detallando más su iniciativa puntualizó que para integrar el Superior Tribunal de Justicia, “si logramos aprobar esta enmienda constitucional, el Poder Ejecutivo tendrá que presentar a la persona, habrá un tiempo de audiencias públicas y de observación de los antecedentes de esa persona, de los clientes que ha tenido como abogado, de las empresas a las que ha defendido, de cómo ha fallado si ha sido juez, de cómo es su trayectoria si ha sido abogado, donde cualquier integrante de la sociedad civil, cualquier asociación podrá presentar observaciones, positivas o negativas sobre esa persona y una vez que se pasen esas audiencias públicas recién la Cámara de Diputados tendrá que lograr los dos tercio para avalar a esa persona” ejemplificó Aguilar.

“Es un proceso infinitamente más transparente, más participativo, que el que hoy establece la Constitución” aseguró recordando que el año pasado la Cámara aprobó una Ley reglamentando el artículo 158 de la Constitución, “votación en la que yo me abstuve por no estar de acuerdo con la manera en la que está organizada la Constitución en este punto” observó, por lo cual afirmó que “este es el proyecto que en ese momento anuncié que íbamos a presentar, que va en línea con modificaciones de democratización de la justicia que está proponiendo la Presidenta a nivel nacional” concluyó Aguilar que refrendó el proyecto de reforma del art 158 de la Constitución Provincial que ingresó para que tome estado parlamentario y aspiró a que se logre lo que requiere una enmienda constitucional que la “unanimidad” de los miembros de la Cámara.

El proyecto

La iniciativa plantea que los miembros del Superior Tribunal de Justicia serán nombrados por el poder Ejecutivo con acuerdo de los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados de acuerdo a una Ley que tiene que reglamentar lo siguiente:
Organizar un examen de antecedentes de los postulantes como una forma de la correcta valoración de las aptitudes morales, la trayectoria, el compromiso con los valores esenciales de esta Constitución y la idoneidad técnica y jurídica de los mismos.
Deberá propender en la medida de lo posible, a la diversidad de género y de especialidades en la composición del Tribunal, es decir, una composición que “incluya hombres y mujeres y especialistas, en derecho administrativo, penal, procesal, etc.”
Deberá contemplar la participación de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil, profesionales y académicas en cuanto a la presentación de adhesiones, observaciones y circunstancias que consideren de interés respecto de las virtudes o incompatibilidades de las personas que estén en este proceso de selección.


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