La política criminal compete a un Estado, en el caso de Argentina es competencia del Congreso de la Nación que, como uno de los tres poderes, tiene la facultad de dictar las leyes en materia penal. Dentro de esta temática, los delitos cometidos por menores de edad son parte del problema, es decir que no se encuentra excluido de los principios generales, sin perjuicio de presentar peculiaridades.
Lo primero que tenemos que analizar es qué entendemos por “delito”, y más allá de las discusiones en cuanto a la naturaleza jurídica del término, el delito es una construcción teórica sobre la cual reposa la dogmática jurídica, un esquema culturalmente inventado para ordenar la sociedad. La idea genérica de delito se refiere a una clase de conducta humana que el Estado consideradisvaliosa para la sociedad, por cuanto establece sanciones con la finalidad de disuadir su producción.
Como primera respuesta, la consecuencia para quienes cometían delitos fue el régimen carcelario, el aislamiento del autor del delito confinado a establecimientos cerrados -creación que aparece recién en el siglo XVIII puesto que anteriormente las ofensas se resolvían personalmente. El “Panóptico” diseñado por Jeremy Bentham en 1791 denota claramente la concepción que sustenta la idea carcelaria, un esquema de control social ideado para manejar los sectores más vulnerables.
La idea del delito reposa formalmente sobre el postulado de la reinserción del autor a la sociedad, lo que no pasa de ser una mera declamación carente de todo correlato porque en los hechos el sistema funciona de forma opuesta. Para establecer la autoría de un delito el Estado invierte ingentes esfuerzos, implementando costosos y absurdos procesos judiciales, los que concluyen con la aplicación de penas privativas de libertad en caso de reunirse los requisitos legales; con la idea que por el mero hecho de la reclusión el preso volverá “reformado” para reinsertarse a la sociedad.
En los hechos el sistema funciona claramente al revés. Las cárceles no sólo constituyen un costo presupuestario inadmisible para el Estado que no cumple con obligaciones básicas en otros órdenes como salud y educación, sino que además tiene efectos colaterales claramente perjudiciales. Básicamente el sistema carcelario no sólo no sirve para la reinserción del preso a la sociedad sino que generalmente constituye una escuela del crimen, de tal forma que el preso vuelve a la sociedad con una capacidad de delinquir mucho más refinada. A pesar del mandato constitucional de que las cárceles no son para castigo de los presos es la única función que cumplen.
Por otro lado, el sistema carcelario permite estructuras parasitarias al Estado que abusan de los esquemas de poder para instituir sistemas prebendarios, sin mecanismos de control adecuado, generando circuitos paralelos de corrupción y abuso.
Lo que surge desde el fondo es, claramente, la total inutilidad del sistema carcelario, puesto que a pesar de no reconocerlo formalmente reposa sobre una idea esquizofrénica de la sociedad, partida entre buenos y malos, víctimas y victimarios, delincuentes y buenos ciudadanos. Reposa en la idea del delincuente genético, lo que no resiste el menor análisis pero que se encuentra enraizada en los reclamos generalizados. No existen “delincuentes” como una categoría genérica de personas que deben ser marginadas de la sociedad. Lo que hay son “personas” que cometen eventualmente un delito pero que no son distintas de todos, y si bien en cada caso hay personas individualizadas, es responsabilidad del Estado ocuparse de las causas por las cuales algunas personas cometen delitos y ver las formas de evitarlo, dentro de las cuales el mero aislamiento NO SIRVE, sino que por el contrario es muy perjudicial. Quienes cometen delitos son integrantes de la sociedad y es ésta en conjunto con el Estado los que debe instrumentar formas de tratar la problemática, haciéndose cargo de la situación en su complejidad, por qué motivo la persona llega a esta situación e implementando sistemas de asistencia y seguimiento. Son muchas las causas que generan una “situación” de delito, subjetivas, de contexto, estructurales, las que reclaman un tratamiento responsable.
Si esto lo trasladamos a los menores de edad la situación es mucho más grave. Ningún menor de edad es responsable de su situación delictual. Si un menor comete un delito no se puede ignorar que el mismo fue puesto en esa situación por el contexto social del que no puede desentenderse el Estado ni solucionarse confinando al menor. Imputar a un menor la responsabilidad por su conducta delictual y pensar que la solución es su aislamiento carcelario es de una aberración totalmente inadmisible. Un Estado que pretende corregir las conductas de los menores con la cárcel demuestra su total ineficiencia e incapacidad de generar garantías mínimas de los derechos básicos del ser humano y garantizar condiciones de crecimiento y formación adecuadas.
Es innegable que este análisis no puede ser enfocado desde la perspectiva de quienes sufrieron las consecuencias de algún hecho delictivo, porque no es un análisis personal sino que corresponde a las políticas públicas que debe llevar adelante el Estado en miras al bien general. Por otro lado, hay que tener presente la inconveniencia deun cambio abrupto del sistema. Hay medidas coyunturales que no pueden ignorar la situación actual, pero si queremos una sociedad más justa tenemos la obligación de trabajar para instrumentar profundos cambios en la forma en que entendemos que los delitos y las conductas disvaliosas son resultado de complejas relaciones sociales.
Un acto delictivo a manos de un menor es resultado de la acción o inacción de diversos actores, el menor es una víctima del sistema instaurado y es obligación del Estado brindar soluciones integradoras y no salidas simplistas que generalmente son meros placebos. Una concepción contraria se contrapone con todos los Pactos internacionales de los Derechos del Niño. Proponer como medida de Estado la baja de la edad de la imputabilidad para solucionar la inseguridad es una medida claramente demagógica y retrógrada que evidencia una total falta de capacidad para enfrentar una problemática compleja, que demanda una respuesta interdisciplinaria y estructural.
MARIANO SEBASTIAN MORO ABOGADO Director grupo ambientalista UNA TIERRA