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Fabio Zerpa
Miércoles, 22 de marzo de 2017
No al patentamiento de las personas
Ante la avanzada del gobierno nacional con decretazos antipopulares, como la de patentar a las personas con una norma que ya se intentó implementar en Capital Federal (2010) y Provincia de Bs. As. (2014), y demostrando un rotundo fracaso, es que por ello que desde el Sindicato Unico de Conductores de Motos De la República Argentina queríamos aportar algunos argumentos más a la discusión. Tan absurdo es el decreto desde la total ineficacia con el objetivo que se pretende alcanzar, como absurdo con su constitucionalidad.


El Decreto 171/2017 que nos quieren imponer el Gobierno Nacional, surge como reglamentario de la ley de tránsito 24.449. Un decreto reglamentario, no puede crear nuevas figuras, puesto que esto sería legislar. Para ser más claro, si la ley de tránsito dijera que tenemos que usar un chaleco con la patente impresa, el Poder Ejecutivo podría reglamentar esa figura estableciendo el color o dimensiones del chaleco y la patente. Pero si la ley no establece la utilización del chaleco, ningún decreto puede crear tal figura. Ello es, sin dudas, legislar. Y por tanto, es anticonstitucional. La única obligación que establece la ley 24449 con relación al tema que plantea el Decreto 171/2017, es el uso de casco.

Nada más. La ley no dice otra cosa que el conductor y el acompañante deben usar cascos homologados y que el no usa es considerado falta grave. Todo el resto, es invención del decreto que lo hace inconstitucional desde lo formal.

En el único caso que la Constitución Nacional permite al Poder Ejecutivo "legislar", es con la sanción de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Claro que en estos supuestos, deben fundarse tales extremos y luego someterlos al análisis del Congreso. Sin embargo, en este caso, el Poder Ejecutivo sanciona la norma aclarando que es un decreto reglamentario.

Expresado en pocas palabras las razones de la inconstitucionalidad del Decreto desde su aspecto formal, vamos a analizar un poco los aspectos más relevantes de lo sustancial de la norma.

La Constitución Nacional, en su artículo 16, establece que todos somos iguales ante la ley. Sin embargo, el decreto parte del absurdo prejuicio, que las salideras bancarias y otros arrebatos son realizados a bordo de motocicletas. Que la facilidad de su adquisición por sus menores costos, ha hecho que las mismas sean utilizadas para cometer delitos, y, por tanto, los motociclistas ya no somos iguales al resto de las personas. No somos iguales a aquellos que conducen autos, camiones, bicicletas o caminan (y que también pueden y comenten delitos).

Los motociclistas somos sospechosos que debemos identificarnos en forma previa. Lo que también va en contra de otro principio constitucional, que es la presunción de inocencia. Esta norma, lejos de considerar la igualdad entre todos los argentinos, nos coloca a los motociclistas en una posición que nos estigmatiza y nos margina.

Otra cuestión que no es menor, es que se vulneran pactos internacionales sobre derechos humanos. Recordemos que los pactos y tratados internacionales son incorporados a la Constitución con su mismo rango en la reforma de 1994. En efecto, se está vulnerando mi derecho humano y personalísimo a elegir la vestimenta que quiero usar. Cuando se dice que las personas no se patentan, nos estamos refiriendo a eso.

Una máquina, puede ser objeto de reglamentación en su aspecto, sin embargo, un ser humano no. Salvo en regímenes totalitarios, a nadie se le ocurriría decir cómo deben vestirse sus ciudadanos. Bueno, esta norma, me dice que debo usar. Es más, si no usamos un chaleco, me explica cómo debe ser nuestra ropa (artículo 1°, en su apartado j.3.5. referido al artículo 40 del Anexo 1 del Decreto N°779/95). Hay muchas otras objeciones por realizar, sin embargo, creemos que éstas pueden dar un poco más de luz a este reclamo por parte de alrededor de 7.000.000 de motociclistas registrados en el país.

En la provincia del Chaco repudiamos el proyecto de ley del Dip. Roberto Bracone y las manifestaciones a favor de esta imposición por parte del Arquitecto Carlos Alabe, quienes solo hacen eco a estas medidas centralistas y autoritarias y que afectan a más de 360.000 chaqueños.



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