¿Sabías que un ascensor es un medio de transporte como lo es un vehículo cualquiera: auto, camión tren, etc. ?; la única diferencia es que este medio de circulación es estacionario. ¿Sabías que al ser una máquina necesita mantenimiento y controles en especial en lo referido a la seguridad de los usuarios……?
¿Sabías que en grandes ciudades o ciudades donde se protege a sus habitantes, las ordenanzas y/o las leyes han hecho disminuir notablemente el número de accidentes en estos aparatos en especial los fatales?
¿Sabías que a pesar de que lo más importante de la normativa es lo especificado con respecto a la seguridad de los usuarios, ésta nunca fue tenida en cuenta y no es aplicada, ignorando varios de los preceptos más importantes de la Carta Orgánica Municipal donde dice, sólo para nombrar uno: “El Municipio planificará y ejecutará acciones preventivas destinadas a promover la seguridad y protección de los habitantes (Art. 65)”?
¿Sabías que en Resistencia hay instalaciones que tienen más de 50 años y todavía funcionan, que se instalan máquinas recicladas que fueron rechazadas en Buenos Aires, que algunas funcionan con instalaciones obsoletas e inseguras que no cumplen con principios básicos de seguridad, inclusive hay algunas en las que se dieron algún accidente y siguen funcionando; en otras no se cumplen con los cálculos de tránsito mínimos exigidos por normas internacionales?
¿Sabías que desde hace tres años después de largas tratativas, convocatorias a Cámaras, Colegios y estudios profesionales entre otros, y luego de un trabajo parlamentario a concienciase aprobó la Ordenanza Nº 11.700 en noviembre de 2015 denominada“Medios de Circulación Mecánicos Estacionarios”?
¿Saben los funcionarios municipales que en este mismo momento de suceder un accidente de cierta gravedad, el Municipio es responsable o corresponsable por omisión, con las consiguientes consecuencias económicas para la institución?
Esta norma tiene comopremisa fundamental la seguridad de los usuarios, en segundo plano contempla la modernización de estas máquinas para lograr mejorar el confort de las mismas. El problema es quizás, que afecta intereses económicos de algunos de los sectoresinteresados, lo que dá para pensar que es por eso que aún no se ha aplicado.Es de destacar que si bien se omitieron y cambiaron algunos artículos del proyecto de Ordenanza original en el trabajo parlamentario, que desde el punto de vista práctico y según mi óptica técnica y profesional no se deberían haber modificado porquenos hubiera dado la cobertura necesaria para ponerla a andar ya hace mucho tiempo.
La norma consta de tres partes principales, la primera es la enunciativa y normativa básica y general, la segunda es el Reglamento Técnico, y la tercera es el Reglamento de Conservación. Con esto se demuestra que es un trabajo completo abordando varias aristas del tema y a conciencia, lo que no quiere decir que no se deba adecuar, modernizar, o adaptar a cambios técnicos a cambios en normas internacionales o nacionales.
La no implementación de una ordenanza de este tipo denota dejadez, despreocupación y negligencia pues son elementales para la seguridad de nuestra gente, no hay pretexto para seguir ignorándolas. Ni siquiera su implementación significaríauna erogación para el municipio, al contrario, estaba previsto en si misma su financiamiento. (Este es uno de los puntos que se obviaron, pero fácil de subsanar pues hay muchas maneras de poner en práctica esta reglamentación de tanta necesidad)
Hay voces que tratan de justificar su no implementación argumentando que se estaría trabajando en la modificacióndel Reglamento General de la Construcción, esto no deja de ser importante, pero nada tiene que ver con esta ordenanza específica, como otras que complementan al R.G.C. Lo único que nos queda es pensar que están primando intereses espurios a los que no les importa la seguridad ciudadana.