No al proyecto del Estado de modificar la ley de biocidas
El viernes 16 de octubre de 2020, el colectivo de organizaciones y personas que conformamos Somos Monte Chaco hemos participado de la reunión convocada por la Subsecretaría de Ambiente y Biodiversidad, para tratar junto a la Comisión de Ambiente y Recursos Naturales de la cámara de diputados provincial, para debatir sobre la propuesta del Poder Ejecutivo de la Provincia , el cual propicia la modificación del Artículo 1° de la Ley de Biocidas N° 2026-R. La propuesta del gobierno es modificar el Artículo 1° para eliminar a los fertilizantes de la lista de biocidas, es decir: dejar de considerar que los fertilizantes están entre los elementos que pueden dañar nuestra salud y la de otros seres vivos, así como la de los ecosistemas.
Para sorpresa de los concurrentes, la Subsecretaría de Ambiente y Biodiversidad, argumenta que es un pedido de la Cámara de Fertilizantes, lo que demuestra que rápidamente satisfacen los pedidos de las empresas, sin analizar el costo social que significan las reformas propuestas.
Desde Somos Monte Chaco indicamos: 1) NO A LA MODIFICACIÓN DEL ART.1º DE LA LEY DE BIOCIDAS. NO AL PROYECTO PRESENTADO POR EL PODER EJECUTIVO: La propuesta de modificación implica un retroceso en materia de conservación y derechos humanos, lo cual va contra la ley. Además, Somos Monte indicó que no existe motivo y que es inoportuno introducir tales modificaciones a una ley que protege la vida de las personas, la biodiversidad y regula nada menos que el uso, fraccionamiento, transporte y todo lo relacionado con biocidas. Se dejó claro que cualquier modificación no puede implicar un retroceso o una regresión, en la medida en que estamos frente a cuestiones ambientales que involucran derechos humanos y, en orden a ello, resultan de plena operatividad constitutiva los principios de no regresión y progresividad.
2) OBLIGACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL CHACO DE DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ART.4º DE LA LEY 2026 R, sobre todo en lo relativo al glifosato. Vemos una política gubernamental que no ha cumplimentado siquiera con obligaciones constitutivas de su función y condición de existencia. 3) PARTICIPACIÓN PÚBLICA: La modificación afectará negativamente a la población chaqueña y no incorpora a la sociedad en el debate, falta participación. Somos Monte recordó que la ley provincial de biocidas tuvo la participación de más de 200 organizaciones de la Agricultura Familiar, Campesinas Criollas y que aún así, sus demandas en audiencias públicas no fueron incorporadas a la ley. Las organizaciones solicitaron que la aplicación de biocidas ocurra a una distancia mínima de 4000 metros, el Artículo 26 de la Ley de Biocidas que se aprobó en aquel momento indicó 1500 metros de distancia la para aplicaciones aéreas y 500 metros para terrestres. Y para peor, se agregó el Artículo 27 que posibilita reducir la distancia libre de aplicaciones según lo deseen el dueño del predio y el vecino, como si ambos pueden disponer y poner en peligro la vida de terceros. Esto ocurrió con una ley que tuvo un altísimo grado de participación, imaginemos lo que puede suceder en este contexto de pandemia, que impide la legitima, equitativa y representativa participación de todxs lxs actores interesadxs.
La participación en la propuesta de modificación es esencial y así lo indica la Ley 25675 –General del Ambiente- y lo resuelto por la Corte Interamericana de DDHH en la Opinión Consultiva Nº 23/17 en la cual adjudicó el carácter de derecho humano a la participación de la población en la toma de decisiones en materia ambiental. También puede enmarcarse en la reciente aprobación del acuerdo de ESCAZU -Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe- según el cual el Estado debe garantizar procesos de participación pública con obvia anterioridad.
Desde Somos Monte propusimos:
1) MODIFICACIÓN DEL ART.26 DE LA LEY 2026 R. Dado que pese a que en audiencias públicas las organizaciones solicitaron distancias de fumigación de 4000 metros, en la ley figuran distancias menores. Modificar el Artículo 26 de la ley de biocidas es respetar la voluntad popular, corrigiendo la distancia libre de aplicaciones terrestres y aéreas como lo reclamamos en las Audiencias Públicas, antes de la sanción de la Ley 2026-R. por el siguiente.
2) DEROGACIÓN DEL ART 27 DE LA LEY 2026R, por violar el principio precautorio, lo que le da carácter regresivo a la gestión ambiental. También que, como consecuencia de dicha derogación, eliminar el Art.27 del Decreto Reglamentario Nº 1567/13. Dicho artículo da “posibilidad de disminución de las distancias” de fumigación sobre la base de acuerdos en materias que son indisponibles, en la medida en que las distancias buscan prevenir de la afección de los derechos humanos a la salud y al medio ambiente. Y se han dado casos de “acuerdos” de disminución de distancia de fumigación en zonas en las que se encuentran escuelas rurales.
No es posible “disponer” de derechos cuando se trata del resguardo de los derechos humanos de menores de edad, como cuando lo que se encuentra en juego es el derecho humano a la salud y al medio ambiente.
Desde Somos Monte Chaco, solicitamos que el Poder Legislativo no de via libre al Poder Ejecutivo a que modifique una Ley por Decreto Reglamentario, atendiendo a que el proyecto presentado deja liberado al PE que reglamente todo lo atinente a uso, transporte, aplicación, comercialización, etc., de fertilizantes sin poner parámetros claros que regulen estas actividades.
Por último, Somos Monte continúa solicitando que se nos convoque a las reuniones oficiales de manera formal y con tiempo de antelación para que las Organizaciones que componen este colectivo tengan el suficiente tiempo para debatir los temas propuestos.