Reconocen fallo a perpetua de policía que asesinó a quemarropa a Jesús Martínez
El Superior Tribunal de Justicia, haciendo lugar al planteo de las querellas, resolvió condenar a prisión perpetua a Luis Alfredo Sánchez por el delito de "homicidio agravado por ser miembro integrante de las fuerzas de seguridad".
De esta manera fue revocada la sentencia que en 2020 lo condenaba a solo 15 años de prisión por homicidio agravado por el uso de armas de fuego.
El homicidio de Jesús Ramón Martínez, de 18 años, tuvo lugar en la madrugada del 22 de octubre de 2017, en el marco de un operativo policial en Barranqueras. En ese momento, dos agentes policiales iniciaron una persecución a pie que concluye con un disparó a la cabeza de Jesús, efectuado a escasos centímetros y de espalda, por el agente Luis Alfredo Sánchez. Esto le ocasionaría la muerte horas más tarde.
En el 2020, al momento de dictar la sentencia, Sánchez fue condenado a 15 años de prisión por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, omitiendo el agravante de que pertenecía a las Fuerzas de Seguridad. El argumento del Tribunal para no aplicar el agravante en ese momento se basó en la “inexperiencia” y “nerviosismo” de Sánchez, siendo que se trataba de una persecución a pie y Jesús se encontraba desarmado.
El fallo fue apelado por el Comité para la Prevención de la Tortura y la Secretaría de DD.HH y Géneros del Chaco, indicando la peligrosidad de estos argumentos que constituyen una ventana de impunidad relativa para futuros hechos. Hace días el Superior Tribunal de Justicia, haciendo lugar al planteo de las querellas, resolvió condenar a prisión perpetua a Luis Alfredo Sánchez, por el delito de "homicidio agravado por ser miembro integrante de las fuerzas de seguridad".
Tolerancia cero ante casos de gatillo fácil
“Hoy estamos reconociendo un fallo que va a marcar precedentes en casos de abusos policiales, particularmente en casos de gatillo fácil”, comentó al respecto el presidente del Comité de Prevención para la Tortura, Kevin Nielsen.
“Jesús iba desarmado, no representaba ningún riesgo para los agentes policiales que actuaron de a dos y además le dispararon por la espalda, con su arma reglamentaria, en horario de servicio, a escasos centímetros de la cabeza. Lo que dice hoy el Superior Tribunal de Justicia es que nunca, de ninguna manera, deberían haber usado su arma reglamentaria, sino que lo que correspondía era la reducción de la persona”, relató Nielsen.
“Necesitamos este fallo para consolidar el hecho de que estos delitos deben encuadrarse en el agravante de ser miembro de las fuerzas de seguridad y haber actuado en abuso de sus funciones”, resaltó.
“Esto es el inicio de un camino, porque todavía muchos tribunales entienden que en estos casos hay excusas o justificaciones, hay una suerte de creatividad puesta al servicio de hacer más leves los delitos cometidos por la policía. Esto es algo que pasa en el Chaco y en todo el país, es una problemática estructural, pero fallos como estos marcan el camino para desandar eso”, agregó.
“Este fallo que condena al agente Sánchez a prisión perpetua marca un precedente y el inicio de un camino jurisprudencial de no tolerancia a los actos de abusos policiales, pero sobre todo a los actos de ejecuciones extrajudiciales, donde no cabe la relativización de los hechos y deben ser sancionados adecuadamente, tal como lo establece el código penal y los tratados internacionales de Derechos Humanos", concluyó Nielsen.