Chaco adhirió al Sistema Federal de Manejo de Fuego
Los legisladores sancionaron la Ley Nº 7308 que adhiere “la Provincia del Chaco a la Ley Nacional N° 26.815-Sistema Federal de Manejo de fuego”.
El Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo de la Provincia del Chaco, será la autoridad de aplicación del régimen estipulado en la legislación nacional y deberá cumplir con las obligaciones establecidas para las jurisdicciones locales, fijando los procedimientos, coordinando las funciones, acciones y servicios establecidos en el régimen estipulado a nivel nacional. Por esta Ley se crea también “la Comisión Provincial de Manejo de Fuego en el ámbito de la autoridad de aplicación, facultándola a dictar su propio reglamento de funcionamiento interno, la que estará integrada según lo establezca el decreto reglamentario”. Asimismo, “se autoriza a la Dirección de Vialidad Provincial, Administración Provincial del Agua y a la Asociación de Consorcios Camineros de la Provincia del Chaco, en casos de emergencia, a la utilización temporal de los bienes y elementos necesarios para la mitigación, control y extinción de incendios con todos los medios disponibles, y a actuar y disponer de los recursos físicos y materiales para la construcción de represas y toda otra obra conducente a activar los mecanismos de mitigación y supresión necesarios, facultando y autorizando al Poder Ejecutivo a asignar las partidas presupuestarias para el cumplimiento de la presente norma”. Los diputados Juan José Bergia y Nancy Mariel Gersel, autores de la iniciativa, explicaron en los fundamentos que acompañaron al proyecto que “en cada periodo de sequía que afecta a nuestra zona rural, tanto agrícola como ganadera y forestal, estas quedan expuestas a incendios de campos con una vulnerabilidad por el estado de deshidratación que sufren tanto los pastizales naturales como así también los montes bajos y altos, producto de la misma consecuencia del factor climático” Además, observaron que “existen practicas de control de leñosas invasoras, espartillos, pajonales, entre otros, a través de las quemas de campos por parte de sus propietarios cuyo fuego iniciado en los diversos establecimientos muchas veces se desborda y afecta a campos vecinos, banquinas, instalaciones y propiedades varias, iniciando de este modo un suceso de otras dimensiones muy difíciles de controlar”. Asimismo detallaron que “existen cazadores furtivos y personas que inician fogatas sin la precaución de apagarlas totalmente y que generan incendios indeseados, aun en desconocimiento de los propietarios de los establecimientos afectados; todo ello agravado porque normalmente el clima de nuestra Provincia transcurre con un periodo otoño-invernal de escasas precipitaciones, lo que sumado a heladas que ocurren en dicho periodo, favorecen el secado de los pastizales naturales que predominan en todo el territorio”. “Ante todo lo expuesto anteriormente” apuntaron, “se adolece de un protocolo de control y mitigación de estos eventos en el sector rural y, si bien la División bomberos de la Provincia, los Municipios y Voluntarios permanentemente actúan controlando eventos que son denunciados por particulares, muchas veces se encuentran superados por la magnitud que alcanzan algunos incendios, favorecidos por vientos en superficie”. “Si bien la Provincia del Chaco, a través de sus distintos estamentos cuenta con logística que puede colaborar eficazmente con el accionar de bomberos, policías, etc” sostienen, “es necesario instruir y facultar a organismos tales como Vialidad Provincial, Consorcios Camineros, Consorcios de Servicios Rurales, Secheep, Sameep, Administración Provincial del Agua, Policía del Chaco y Policía Rural, Ministerios de Gobierno, Justicia y Trabajo y de Producción, a prestar toda la colaboración posible ante un foco de incendio, hasta controlarlo totalmente”. Afirmaron también que “es prioritario invitar a autoridades Municipales, Gendarmería Nacional, Ejercito Argentino, Prefectura Naval y otras instituciones descentralizadas que actúan en el medio, a sumar esfuerzos ante la requisitoria de una ocurrencia de incendios en el sector rural; considerando que a nivel nacional, se sanciono en el mes de noviembre del año 2012, promulgada en enero del año 2013- la Ley Nacional N° 26.815- Sistema Federal de Manejo de Fuego, es que se hace necesario la adhesión a la Ley Nacional N° 26.815”. Al momento de su tratamiento Bergia explicó a sus pares en el recinto que “el primero de octubre en el Hotel Gualok de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, se reunieron las distintas representaciones agrícolas, varias sociedades rurales de la provincia, de Villa Ángela, Las Breñas, Pampa del Indio; que firmaron un acta con el Gobernador y el Subsecretario de Ganadería del Ministerio de Producción, Marcelo Repetto”. “En este acuerdo” detalló, “le manifestaban al Gobernador la necesidad de adherir a la Ley Nacional 26.815, se pedía la creación de la Comisión Provincial de Manejo de Fuego, que el ámbito de aplicación sea el Ministerio de Gobierno y autorizar al APA, Vialidad y a la Asociación de Consorcios Camineros para la mitigación, control y extinción de los incendios”. “Hoy por hoy” explicó, “Vialidad y los Consorcios tienen que tener previa autorización para ocupar dinero y si estamos pasando una situación complicada es bueno que esto se apruebe para facilitar la tarea”. Finalmente, agradeció “la buena predisposición que tienen Vialidad, el APA y SAMEEP, que respondieron favorablemente a nuestras consultas”. El diputado Carlos Beltrán destacó que “Vialidad y los Consorcios Camineros son los organismos ideales para este tipo de tareas por sus equipamientos y su ubicación geográfica, los Consorcios son 101 en toda la provincia y Vialidad cuenta con 5 delegaciones zonales”. Y recordó que “recientemente se expuso en la plaza 25 de Mayo la adquisición de equipo para los dos organismos, así que están en condiciones para hacer esa tarea que ya la conocen y vienen realizándola. Pero necesitan una ley para autorizar su participación”.