Terada insiste en el proyecto de creación de la comisión para la reforma previsional
La diputada nacional Alicia Terada presenta el proyecto de ley para la constituir una Comisión interdisciplinaria y representativa de todos los sectores involucrados en el sistema previsional para que, de manera consensuada, pueda elaborarse un proyecto de ley que prevea su reestructuración.
Por tal razón, la Comisión cuya creación se propone está integrada por legisladores nacionales, jueces federales de la Seguridad Social, representantes del Poder Ejecutivo Nacional, abogados previsionalistas, representantes de los organismos de los jubilados y pensionados, representantes de organizaciones de trabajadores, representantes de organizaciones empresariales y el defensor del pueblo de la Nación.
Este proyecto de ley, que fuera de autoria de la diputada nacional (MC) Fernanda Reyes y que tuvo como co-autores a Elisa Carrio, Alicia Terada, Hilma Re, Griselda Baldata. Susana Garcia, Adrian Perez y Fernando Iglesias, tiene por objeto instalar el debate sobre la necesidad de proponer una reforma previsional que, teniendo como pilar fundamental la existencia de un único régimen previsional público financiado a través de un sistema de reparto, garantice la protección integral de las contingencias de vejez, invalidez y muerte.
En efecto, la realización de una reforma previsional debe contar necesariamente con la discusión previa de todos los sectores involucrados más allá de que pensemos que debe garantizar un ingreso universal a todos los adultos mayores, financiado por el Tesoro Nacional, y sumado a ello, un beneficio proporcional en base al aporte personal que haya efectuado cada trabajador al régimen de reparto. Claramente debe ser estatal y ser administrado por los interesados con participación del Estado, como lo dispone el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
En este sentido, no podemos dejar de señalar la realidad actual de nuestro sistema previsional donde el 80% de los jubilados y pensionados - que suman 5 millones de beneficiarios - cobran $ 2.165 (con el último aumento del mes de marzo) y, por lo tanto, se encuentran condenados a vivir en la pobreza.
Las leyes 24.241 y 24.463 son determinantes a la hora de realizar un diagnóstico de la precariedad de nuestro sistema previsional actual. La forma de cálculo de las prestaciones, la falta de actualización de las remuneraciones consideradas para la determinación del haber inicial y la ausencia de un mecanismo de movilidad relegaron a los jubilados y pensionados a cobrar beneficios cuyos montos no alcanzaron - ni alcanzan - para cubrir las necesidades básicas, negando el carácter sustitutivo de las prestaciones previsionales.
Si bien la Ley 26.417 de movilidad jubilatoria estableció un mecanismo de ajuste de las prestaciones en los meses de marzo y septiembre de cada año y que también previó un índice de actualización de las remuneraciones tomadas para el cálculo del haber inicial, lo cierto es que tanto la fórmula de movilidad como el índice previsto no llegan a cubrir el incremento de precios en los bienes y servicios básicos.
Por otro lado, no se puede dejar de advertir la maraña legislativa existente en materia previsional y de la seguridad social, donde, después de las numerosas reformas a las que fue sometida, conviven un sinfín de leyes, decretos, resoluciones, disposiciones y circulares que la tornan difícilmente abarcable.
Este proyecto de ley tiene por objeto instalar el debate sobre la necesidad de proponer una reforma previsional que, teniendo como pilar fundamental la existencia de un único régimen previsional público financiado a través de un sistema de reparto, garantice la protección integral de las contingencias de vejez, invalidez y muerte. Para cumplir la finalidad señalada resulta necesario constituir una Comisión interdisciplinaria y representativa de todos los sectores involucrados en el sistema previsional para que, de manera consensuada, pueda elaborar un proyecto de ley que prevea su reestructuración.