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FALLO DEL TRIBUNAL DE PENAS
Viernes, 12 de abril de 2013
Argentino B: Se completará el cotejo de For Ever ante Fontana
El Tribunal de Penas del Consejo Federal falló sobre el partido suspendido entre Fontana y For Ever por la 22ª fecha de la Zona 4 del Torneo . En este sentido, se absolvió por el beneficio de la duda en responsabilidad deportiva a Chaco For Ever y se jugarán los minutos restaban. El cotejo se disputará de la forma y cuando el Consejo Federal, así lo disponga.




EXPEDIENTE Nº 2019/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13



Partido: Club Fontana y Chaco For Ever Argentino “B” partido suspendido.

Buenos Aires, 9 de abril de 2013.-

AUTOS y VISTOS:

Para resolver la presente causa iniciada como consecuencia de la denuncia

presentada por el árbitro del partido y del que resulta y

CONSIDERANDO:

1)Dicho informe denuncia que “a los 27 minutos suspendí momentáneamente

el partido debido a que la parcialidad del Club Chaco For Ever se enfrentaba

con la policía en uno de los accesos al estadio……..que a los 48 minutos de

juego la parcialidad visitante rompió en varios sectores el alambrado

perimetral por donde ingresaron varios simpatizantes al terreno de juego,

amenazando a viva vos diciendo: Si los hijos de mil putas de los policías no

nos devuelven los bombos y banderas que nos sacaron no se va jugar ni

mierda, vamos a romper todo. Seguido a esto dicha parcialidad comenzó a

arrojar todo tipo de elementos contundentes. Luego de trascurrido mas de 10

minutos el jefe del operativo Comisario Blanco…quien se encontraba dentro

del terreno de juego comunicó que no nos daba las garantías para continuar,

por lo cual el arbitro decidió suspender definitivamente el encuentro. Luego

de transcurrido 40 minutos aproximadamente de la suspensión del partido se

presentó en nuestro vestuario el comisario mayor Justo Méndez

preguntandole al árbitro las causas de la suspensión del encuentro a la cual

respondimos que el jefe del operativo, señor Blanco no nos dio las garantías

para continuar el encuentro”.-

2°) El Tribunal por nota 59/13 dio traslado al club acusado para que pudiera

ejercer su derecho de defensa, quien indicó que hubo incidentes entre la

parcialidad del club y la policía en los accesos al estadio de fútbol.

Que los incidentes se habrían producido pues aquéllos simpatizantes

querían ingresar con entradas no habilitadas para ese encuentro.

Refiere, además, que el jefe del operativo, contrariamente a lo denunciado

por el árbitro, le daba la seguridad para seguir; que luego de suspendido el

partido no encontró elementos contundentes en el estadio.

Que si bien hubo incidentes no existió peligro para las personas dentro del

estadio y jugadores.

Que el club se encuentra dedicado a enarbolar la bandera de la lucha contra

la violencia en los espectáculos públicos.

Que en forma conjunta con el COPROSEDE se tomo la decisión de inhabilitar

la cancha por dos fechas y que el resto del torneo solo se juegue solamente

con socios locales.

Que no correspondería aplicársele multa al club y, en lo deportivo, el partido

debería seguirse disputándose.

3°) El Tribunal tiene dicho que los informes que los árbitros efectúen y los

hechos que en ellos se consignen, constituyen semiplena prueba y que sólo

mediante el aporte de prueba directa en contrario podrá desacreditarse el

valor asignado.-

El árbitro ha señalado claramente que hubo incidentes a los 27 minutos de

juego, entre la parcialidad del club acusado y la policía; luego a los 47

minutos cuando la misma parcialidad ingresó en el campo de juego

reclamando la devolución de elementos secuestrados por la policía; e

indicando, a su vez, que si no se respondía a lo que pretendían no se iba a

jugar el partido.

Queda claro que los disturbios los produjeron los simpatizantes de Chaco For

Ever, en un enfrentamiento contra la policía provincial.

El informe del árbitro ha generado en el Tribunal una duda razonable pues

evidentemente, quedó plasmado en ese informe que la parcialidad de Chaco

For Ever buscó imponer, con su accionar violento y amenazante, que la

policía depusiera actitudes y resoluciones tomadas en el ejercicio de su

deber.

El hecho de advertir claramente el Tribunal que los incidentes no responden a

las consecuencias del mismo partido ni del deporte en sí, sino solamente

tratar de torcer decisiones de la autoridad policial hace que el estudio del

hecho denunciado deba efectuarse desde el sentido común.

Y es allí donde emerge un estado de duda en el Tribunal pues los violentos

que ingresaron al campo de juego, identificados con el Club Chaco For Ever,

sólo lo hicieron para presionar a la policía sin agredir a los jugadores. Y hasta

amenazaron que si no se les entregaban las banderas y bombos

secuestrados por la policía en el cumplimiento de su deber, el partido no se

jugaría. Es decir, se convirtieron así en autoridades subvertidas y sin

capacidad para decidir la suerte de un espectáculo deportivo.

Es para el Tribunal inaceptable receptar decisiones que provienen de la

violencia perturbadora e irreflexiva de violentos hinchas, sin autoridad legal

para decidir cuándo y porqué se debe suspender un partido.-

Ese hecho genera una duda que no permite pronunciarse en contra del

acusado y es por ello que deberá absolverse al Club Chaco For Ever de

responsabilidad en el hecho, y mandar jugar el partido en los minutos

restantes con los gastos de traslado y estadía a cargo de Chaco For Ever

(arts. 32, 33, 39 y 106 del R.T.P.)

Del mismo modo el Tribunal entiende que este partido debe jugarse sin

público de Chaco For Ever.-

Por ello el Tribunal

RESUELVE:

1°) ABSOLVER, POR EL BENEFICIO DE LA DUDA, DE

RESPONSABILIDAD DEPORTIVA AL CLUB CHACO FOR EVER.

ORDENAR SE REPROGRAME LOS MINUTOS RESTANTES EN LA

FORMA Y FECHA QUE ESTABLEZCA EL CONSEJO FEDERAL. (ARTS.

32, 33, 39 DEL R.T.P.).-

2°) DISPONER QUE EL PARTIDO SE JUEGUE SIN PÚBLICO D EL CLUB

CHACO FOR EVER. (ART. 32 DEL R.T.P.).-

3°) LOS GASTOS DE TRASLADO Y ESTADÍA DEL CLUB FONTANA

SERÁN A CARGO DE CHACO FOR EVER (ART. 106 DEL R.T.P.).

4°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.



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