Crean Fondo de Contralor, para el productor asesor de seguros del Chaco
El parlamento chaqueño por iniciativa del diputado Marcelo Castelán modificó la ley 3724, que regula la actividad de productor, asesor de seguros en el territorio de la provincia del Chaco.
Puntualmente se reformó el artículo 47 bis, cuyo texto establece: “créase el 'Fondo de Contralor' sobre las pólizas de seguros emitidas por las Compañías de Seguros habilitadas por la autoridad competente para operar en la República Argentina, que aseguren bienes ubicados en la Provincia. El mismo estará integrado por el equivalente del 0,30 % del valor de la prima, excluidos impuestos, de cada póliza de seguro patrimonial, excepto vida, emitido en la Provincia del Chaco.
En cumplimiento de lo dispuesto en este artículo las Compañías Aseguradoras serán fiscalizadas por la Subsecretaría de Comercio dependiente del Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo, a cuyo efecto se habilitará un Registro en el que se inscribirán las Compañías que operen en esta Provincia, de acuerdo con la forma que determine dicha Subsecretaría”.
En tanto el artículo 48 determina que “el importe referido en el artículo anterior será incluido como concepto integrante del premio y será abonado por los asegurados conjuntamente con el mismo. Las compañías emisoras depositarán los fondos pertinentes en forma mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, en la cuenta abierta a nombre del 'Colegio Publico de Productores Asesores de Seguros' en el Nuevo Banco del Chaco S.A”.
Finalmente fija que esta ley entrará en vigencia a partir de los 30 días de la publicación en el Boletín Oficial.
Castelán argumentó que “los actuales artículos 47 bis y 48 de la Ley Nº 3724 contienen ciertas imprecisiones que han obstaculizado la puesta en marcha del Fondo de Contralor cuya creación disponen los mismos, inspirando de tal manera la presente propuesta legislativa”. En esa línea explicó que “esta modificación proyecta eliminar tales inconvenientes mediante la modificación de dos aspectos elementales del instituto: cambiar la forma de cálculo del monto a retener sobre cada prima y precisar cual sería el procedimiento a seguir a efectos de que los fondos sean percibidos por el Colegio”. Por último señaló: “en el entendimiento de que es necesario poner en funcionamiento en forma urgente un efectivo mecanismo de control sobre la actividad y que esta propuesta posibilitará la pronta vigencia del Fondo que lo habilite”.
ACEPTARON VETO PARCIAL REFERIDO A LOS GABINETES INTERDISCIPLINARIOS EN LAS REGIONES EDUCATIVAS
La Cámara de Diputados aceptó el veto parcial del Ejecutivo Provincial a la sanción legislativa 7093, de creación de la Sección del Gabinete Interdisciplinario en cada una de las Regiones Educativas en que se divide la Provincia, eliminando la lista taxativa de cada uno de los profesionales en el artículo 3º y reemplazándolo por el texto que dice “el ministerio de Educación, conformará cada gabinete interdisciplinario” y en el artículo 1º crea la sección de Gabinetes interdisciplinarios independientemente de la planta funcional de cada una de las regiones educativas.