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DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA
Martes, 19 de febrero de 2019
Primera convocatoria 2019 para presentar proyectos culturales financiados a través de la Ley de Mecenazgo
El Gobierno del Pueblo del Chaco, a través de la Dirección de Asistencia Técnica y Aplicación de Normas del Instituto de Cultura, comunica que hasta el 31 de mayo de 2019, se encuentra abierta la Primera convocatoria para la presentación de proyectos culturales, en el marco de lo establecido por la Ley Nº 1353-E de Fomento de la Actividad Privada en Actividades Culturales (Mecenazgo)

Los requisitos, así como los formularios de inscripción y elaboración de proyectos pueden solicitarse al correo electrónico cultura.mecenazgo@chaco.gob.ar o concurrir de lunes a viernes, por la mañana, a la sede de la Dirección de Asistencia Técnica y Aplicación de Normas ubicada en planta baja de Casa de las Culturas, ubicada en Marcelo T. de Alvear y Mitre, de Resistencia.

Sobre Mecenazgo
La finalidad de esta Ley Nº 1353-E es la de promover, desde el Estado, la participación de empresas y particulares en el sostenimiento de proyectos culturales, es decir que, a través de la gestión de los artistas, las empresas pueden destinar un porcentaje de lo que periódicamente abonan en concepto de Ingresos Brutos a actividades culturales concretas, sin que esto demande una erogación extra y tampoco demanda tiempo extra en gestiones. Son Fondos Públicos con destino específico considerados como una herramienta para potenciar el desarrollo y la sustentabilidad de proyectos artísticos y culturales de los artistas chaqueños.

Pueden presentar proyectos culturales las personas que previamente hayan realizado su inscripción como Beneficiarios (Artistas, Instituciones o Benefactores) con antelación a la presentación de proyectos. Este trámite se realiza por única vez. La inscripción es gratuita y puede realizarse durante todo el año en las oficinas de la Dirección de Asistencia Técnica y Aplicación de Normas – I.C.CH – del Instituto de Cultura del Chaco.

En el marco de la Ley, la financiación de los proyectos prevista es a través del financiamiento de Mecenas, Empresas que deciden poder deducir hasta un 10% de sus Ingresos Brutos para destinarlo a proyectos culturales. Es decir que pueden deducir el monto aportado hasta el 10% del impuesto sobre los Ingresos Brutos por cada año calendario. El beneficio alcanza a aquellos contribuyentes que mantengan al día sus obligaciones fiscales vencidas.

Los proyectos culturales a presentarse deberán están enmarcados en las siguientes disciplinas: artes visuales, música, teatro, danzas y artes escénicas, arquitectura y urbanismo en sus aspectos exclusivamente estéticos, cinematografía y medios audiovisuales, literatura, radio y televisión educativa y cultural, y toda otra expresión cultural o artística que resulte de interés mediante dictamen del Consejo Provincial de Mecenazgo.



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