La justicia le ordenó a Sandra Pettovello que garantice el derecho a la alimentación
Se trata de un nuevo fallo contra la ministra a la que le encontraron toneladas de alimentos guardados en depósitos y sin distribuir para los sectores más empobrecidos. Esta vez, el juez concedió una medida cautelar en un expediente que comenzó con un amparo colectivo presentada por la UTEP y el CELS. A la ministra le advirtió que debe cumplir de manera "cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna" con los programas alimentarios que ella misma señaló como vigentes.
El Ministerio de Capital Humano deberá garantizar el derecho a la alimentación de quienes acuden a comedores populares que desde la llegada del gobierno del Javier Milei dejaron de recibir asistencia, ya sea por la interrupción de la entrega de productos o de fondos de parte del Estado Nacional. Así lo dispuso el juez en lo contencioso administrativo Walter Lara Correa al conceder una medida cautelar en un expediente que se inició con un amparo colectivo de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). La resolución señala que "los comedores funcionan como una red de contención" a la que "recurren personas de carne y hueso que integran los grupos socialmente vulnerables y los segmentos particularmente empobrecidos de la población" que "requieren sin demoras cuidados especiales". Le advierte a la cartera de Sandra Pettovello que debe cumplir de manera "cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna" con los programas alimentarios que ella misma señaló que están vigentes ante un pedido de informes del juzgado. Le exige un informe mensual sobre las políticas implementadas.
El fallo fue firmado cerca de la medianoche, cuando estaba por empezar la feria judicial. El dirigente Juan Grabois (Argentina Humana) posteó en “X” a la madrugada: “Me llega la notificación del OCTAVO juez federal que nos da la razón, esta vez en el fuero Contencioso Administrativo ¿saben por qué? Porque tenemos razón. Es tan obvio que comer es un derecho constitucional que solo Pettovello no se da cuenta”. Se refería a que en el fuero penal, en Comodoro Py, ya hubo una cautelar del juez Sebastián Casanello que le ordenó a la ministra que presente un plan de reparto de las 6000 toneladas de alimento halladas en los galpones de Villa Martelli y Tafí Viejo, algunos a punto de vencer (como leche en polvo). Pettovello le discutió que Poder Judicial no se puede meter con una política pública, pero otros dos tribunales rechazaron su planteo y avalaron a Grabois: la Cámara Federal (Martín Irurzun, Eduardo Farah, Roberto Boico) y la Cámara de Casación (Angela Ledesma, Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci).
Desde el comienzo de su gestión, Capital Humano invocaba supuestas auditorías e investigaciones internas como excusa para cortar la ayuda alimentaria a comedores de las organizaciones sociales, contra las que lanzó una ofensiva para instalar la idea generalizada de que malversan lo que reciben o roban. Lara Correa apoyó su resolución en el planteo de la defensora Florencia Plazas que representa a los niños, niñas y adolescentes. En un dictamen ella había pedido que se asegure la continuidad y ejecución de los planes que el gobierno dice que están vigentes --Plan Nacional Argentina contra el Hambre, Programa Nacional Alimentar Comunidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)-- pero respecto de los cuales, advirtió la funcionaria, brindó "escasa información" sobre algunos aspectos. El juez sostuvo que necesitará relevar prueba sobre todo eso pero esperarla generaría "peligro en la demora" con consecuencias que podrían ser irreparables ante un reclamo "verosímil".
"La necesidad impostergable de los niños, niñas y adolescentes que deben acudir diariamente a los comedores y merenderos (donde su demanda es la mayoritaria) a fin de poder alimentarse no debe ser puesta en peligro por el Ministerio demandado motivado en requerimientos de auditar y reestructurar la política pública en materia de alimentación", sostuvo Plazas. Pedía evitar situaciones narradas en el expediente, como el caso de la Fundación Isla Maciel: ante "la suspensión intempestiva y la insuficiencia de la asistencia alimentaria" tuvo que cerrar su comedor "Mártires Populares". Este año cerraron decenas de lugares que daban de comer o atienden menos. "El derecho a la alimentación se desprende del derecho a la vida y asegura una mejora continua en las condiciones de existencia de las personas", reivindicó Lara Correa.
Las organizaciones y comedores El Gobierno, en su ofensiva contra las organizaciones sociales, alega que no quiere intermediarios en la distribución de la ayuda alimentaria y por eso decidió ignorar a miles de comedores. Cuando creció el escándalo porque había comida acopiada en galpones que no llegaba a los barrios, hizo un convenio para que la distribuyera la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (Conin), presidida por el pediatra antiderechos Abel Albino. Con ese argumento intentó a fin de junio, sin éxito, que el amparo colectivo fuera declarado abstracto. Las organizaciones presentadas en la causa, además, le señalaron la contradicción: estaba poniendo un nuevo intermediario, más allá de que tampoco garantizaba el derecho a la alimentación.
Comenzaron a distribuir con Conin 465.464 kilos de leche en polvo que vencía ahora en julio y 4.339 kilos de harina de maíz. Mandaron a Santa Cruz, que reclamó ayuda por la ola de frío, 21.168 unidades de arroz con carne, 21.168 unidades de locro, 7.200 unidades de pasta de maní, 2.520 unidades de aceite y 1.200 unidades de frazadas de una plaza. Para el resto de los alimentos informaron que pidieron colaboración a las provincias. Aun así, no quieren enviar nada a los comedores sino solo a escuelas vulnerables. Hay comedores que tiene convenios previos, como el del PNUD, que dejaron de recibir fondos a pesar de que el presupuesto está otorgado. El Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), por ejemplo, tiene 600 comedores que recibían el financiamiento de Naciones Unidas, que se cortó hace siete meses. La defensora Plazas alertó que no está clara (con la información de Capital Humano) la situación de comedores y merenderos comunitarios que no tienen convenio con el PNUD y que recibían asistencia directa "dentro del Plan Nacional Alimentar Comunidad".
El fallo de Lara Correa dice que más allá de Conin o lo que el gobierno quiera implementar, debe cumplir con los programas que reconoce como vigentes pero incumple (Argentina contra el Hambre, Alimentar Comunidad y PNUD) y eso implica garantizar el acceso a la alimentación en general a unas 2 millones de personas. "El juez reconoce que ese derecho en Argentina se garantiza también a través de los comedores y es norma en el país. Lo que reclama es que cumpla con sus compromisos, con PNUD y con el presupuesto ya asignado", explica Diego Morales, director de Litigio y Defensa Legal del CELS. "Hay situaciones de suspensión repentina de los programas sin justificación razonable alguna. La cautelar ordena que continúen los programas actuales para cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derecho a la alimentación de todas las personas que concurren a los comedores", subrayó. Un comunicado conjunto de CELS y UTEP señala también que queda en evidencia "a diferencia de lo que sostiene el gobierno" que "las políticas de transferencia directa de ingresos a las personas no son suficiente para resolver la integralidad y multicausalidad de este problema..."
La plata está "La medida cautelar es un paso importante --valoró Grabois-- para que se cumplan las partidas presupuestarias ya asignadas para los programas de alimentación a través de los comedores y se ejecuten los fondos entregados por el Programa de Naciones Unidas. Mientras tanto, debe dictarse una sentencia que exija al Estado de manera continua y permanente cumplir con las políticas alimentarias definidas por el Congreso en las leyes 25.724 (Plan Nacional de Nutrición y Alimentación) y 27642 (Promoción de la Alimentación Saludable)". Marcó que la resolución "llega en un contexto en el que según los propios datos oficiales la pobreza aumenta, el empleo cae y se vuelve más precario". Vale recordar: la emergencia alimentaria decretada en 2002 sigue vigente.
La cautelar de Lara Correa señala que para 2024 Capital Humano había informado un monto asignado para el Programa de Naciones Unidas hasta el 8 de mayo de este año de 36.200 millones de pesos de los cuales para ese mes "se habían ejecutado 16.815.142.264 pesos". Es decir, se ejecutó en un escenario acuciante solo una porción: 14.000 millnes habrían ido únicamente a Conin. Emanuel Desojo, que dirige AJUS (Abogados por la Justicia Social) La Plata, que participa en el expediente, explica que los escritos de los letrados de Capital Humano (Leila Gianni y Ariel Romano Angel) "la distribución de alimentos que plantean es exclusivamente con el fin de entregar alimentos próximos a vencer y que se encuentran acopiados o a fin de atender emergencias y situaciones catastróficas. O sea, una entrega de alimentos excepcional y no como política pública". "Existen partidas presupuestarias en Capital Humano para comedores que no se están ejecutando --destacó--, mientras que se están repartiendo alimentos por vencer en comedores apadrinados por Conin que no están en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (RENACOM)".
Según la información del propio ministerio de Pettovello entregada en el amparo, hay partidas presupuestarias dentro de la "partida 26" que no aplican para los comedores. De 745.700 millones pesos ejecutados de enero a mayo, se destinaron solo 500 millones a comedores y merenderos. Capital Humano informó también al juzgado que usa "mecanismos alternativos para dar celeridad a los procesos" de compra de alimentos. Por eso alegó que había transferido en febrero último 14.000 millones de pesos a PNUD para una licitación conjunta (de fideos, arroz y leche en polvo), pero no dice cómo terminó. Porque como reveló Página/12, no habría terminado. "Nunca llegó ese alimento", dijo Grabois. El ministerio se jactó, a su vez, de los convenios con la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) para tercerizar la compra de aceite y lentejas, también informados por este diario, para lo que se desembolsaron 6.700 millones. Capital Humano le dijo a Lara Correa que "el proceso de adquisición de los insumos" vía OEI "se encuentra en estado de evaluación sujeto a normas de confidencialidad". Por ambos convenios hay causas penales en trámite.
El juez le dio 20 días a Pettovello para entregar información y documentación pendiente sobre: los convenios con PNUD, cuántas personas y comedores reciben beneficios del acuerdo con PNUD, titulares de la tarjeta Alimentar, situación del trámite de comedores ante el RENACOM, cuántas personas son alcanzadas por las políticas públicas en materia alimentaria, cuáles se implementan con provincias, municipios y la Ciudad de Buenos Aires, a quiénes llega el alimento de los galpones.
Derechos básicos, fallo novedoso Lara Correa hizo algo infrecuente: analizar el cumplimiento de una política pública según los compromisos asumidos por el Estado y advertir que puede incurrir en responsabilidad internacional. En el fuero contencioso (que ha esquivado infinidad de planteos) es la primera cautelar en un caso colectivo contra el actual gobierno. El juez señala tres tipos de obligaciones con rango constitucional: "Respetar el derecho a la alimentación: el Estado debe respetar el acceso existente de las personas a los alimentos y los medios de obtener alimentos (…) Los Estados no pueden suspender la legislación o las políticas que den a las personas acceso a los alimentos a menos que se justifique plenamente”; proteger el derecho a la alimentación ontra las violaciones por terceras personas; "cumplir con el derecho a la alimentación", que implica la "obligación de facilitar y suministrar (...) los Estados deben ser proactivos para reforzar el acceso de las personas a los recursos y a los medios de asegurar su medio de vida...”.
"La solución cautelar alcanzada protege el interés público de las personas que asisten a los comedores y/o merenderos –y especialmente de los más vulnerables– al garantizar la prestación del servicio de calidad (...) la continuación de las políticas públicas que el propio Estado Nacional reconoce que implementa resulta ser beneficio para los grupos desventajados habida cuenta de que no representa un privilegio para dichas personas, en cambio resulta una herramienta para el cumplimiento del principio de igualdad y de no discriminación", resume el juez. "No requiere --insistió-- erogaciones dinerarias, ni desembolsos patrimoniales, ni resarcimientos económicos (...). únicamente importa el mantenimiento en la ejecución del procedimiento distributivo vigente e informado por el Ministerio de Capital Humano", que es lo que Milei y Pettovello cortaron.