La Justicia frenó el aumento del pasaje de colectivo
El juez Civil y Comercial 21, Julián Flores, hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco, Gustavo Corregido, y declaró la nulidad de la Resolución de Presidencia del Concejo Municipal de Resistencia Nº 224/12; y consecuentemente la nulidad de la Ordenanza Municipal Nº 10816/12, dictada por el Concejo de la Municipalidad de la Ciudad de Resistencia. Con esta resolución se anulan los aumentos del boleto del transporte público de pasajeros de la ciudad de Resistencia.
La información surge de las Listas de Despacho de la página oficial del Poder Judicial de la Provincia del Chaco, en la que se adelanta que también hubo sentencia en otro amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la Subsecretaria de Transporte de la Provincia, en relación al transporte interurbano de pasajeros, aunque no se conocen los términos de la misma.
La Resolución de Presidencia del Concejo, N° 224/12, dice el fallo del juez Flores establece “el valor propuesto (por la Comisión Mixta de Transporte) es de $3,25 y tendrá una vigencia hasta el 1º de Enero de 2013, o en su Control del Transporte público de Pasajeros de la ciudad de Resistencia, conformada por Resolución de Presidencia del Consejo Nº 224/12, y en el cual luego de varias connotaciones establece que “el valor propuesto es de $3,25 y tendrá una vigencia hasta el 1º de Enero de 2013, o en su defecto hasta la fecha en que esté implementado y funcionando en su totalidad el sistema de máquinas expendedoras de boletos a través de tarjetas de contacto, recién entonces se incrementará el valor del boleto único a $3,50. Para incentivar el uso de la tarjeta de contacto, se definirá un plazo de treinta (30) días contados desde la fecha de éste último incremento, a partir del cual el costo del boleto sin tarjeta será de $4,00 para aquellos usuarios que no cuenten con la Tarjeta Magnética respectiva”.
Con esta resolución, se aprobó la Ordenanza Nº 10816, estableciendo la tarifa del Transporte de Pasajeros en la modalidad Ómnibus, en los valores que ahora se anularon, dejando expresamente en claro la citada norma que la misma entraría en vigencia a partir de la hora cero del día 9 de Noviembre de 2012.