Soy un diputado informado y Costamagna un director mentiroso
El presidente del Interbloque de diputados de la Alianza Frente de Todos se mostró sorprendido por la reacción oficial tras su pedido de nulidad de la concesión del puerto de Barranqueras por irregularidades. “Sostengo y ratifico todos y cada uno de mis dichos”.
El presidente del Interbloque de diputados de la Alianza Frente de Todos se mostró sorprendido por la reacción oficial tras su pedido de nulidad de la concesión del puerto de Barranqueras por irregularidades. “Sostengo y ratifico todos y cada uno de mis dichos”.
Peche le recordó al presidente de Colono S.A, Andres Costamagna el texto del artículo 54 de la Constitución Provincial que, en forma categórica, expresa: “los servicios públicos pertenecen al Estado Provincial o a las Municipalidades, no podrán ser enajenados, ni concedidos para su explotación, salvo los otorgados a cooperativas y los relativos al transporte automotor que se acordarán con derecho de reversión…”
“Por lo tanto el señor Costamagna, supongo que por instrucciones del Poder Ejecutivo provincial, sale a desmentir mis declaraciones, pero sucede que en ningún párrafo de sus dichos menciona a la Constitución Provincial y menos a su artículo 54 que en forma categórica determina que los servicios públicos no pueden ser concedidos y el servicio portuario es un servicio público”, sostuvo.
“No puede justificarse el otorgamiento de un servicio público a Colono S.A. en su carácter de sociedad con participación estatal mayoritaria por cuanto ésta sociedad anónima no es el estado, tan solo tiene participación de éste y también está integrada con capital privado por lo que de ninguna manera puede otorgársele la concesión y explotación del Puerto Barranqueras”, aseguró.
La ley de Puertos exige Licitación Pública
El titular de la bancada aliancista expresó que “en primer lugar esta Sociedad Anónima (Colono S.A.) no puede ampararse en el artículo 11 de la Ley de Puertos de la Provincia para justificar una concesión inconstitucional porque en primer lugar estamos frente a una norma que es una mala copia de igual artículo de la Ley Nacional de Puerto y que no se compatibiliza con el artículo 54 de la Constitución Provincial, motivo por el cual debe ser derogada”.
“En segundo lugar –recordó Peche- las declaraciones de Costamagna son maliciosas, porque más allá de la contraposición de la norma con la Constitución, aviesamente elude manifestar que el mismo artículo 11 de la ley Nº 4841 de puertos, en forma categórica expresa que la concesión de uso o locación se debe hacer “mediante el procedimiento de Licitación Pública”, jamás admite una concesión directa como la que por decreto hizo el Gobernador Capitanich a Colono S.A”.
Costamagna desinforma
Peche consideró que el objeto de la desinformación sobre esta operatoria es “porque la concesión de un servicio público por decreto no es otra cosa que un mamarracho jurídico y resulta a toda vista inconstitucional; resulta que el señor Costamagna es de origen cordobés y vino a ésta provincia solo a lucrar a expensas del pueblo del Chaco y no a velar por sus intereses, y fiel a su propia historia, el justicialismo insiste en privatizar lo público, patrimonio de todos los chaqueños, así como en los 90 quisieron privatizar Sameep, Secheep y el Insssep y que gracias al gobierno de la Alianza y la lucha popular no pudieron conseguirlo, hoy lo hacen con nuestro puerto cuando en realidad deberían ser coherentes y respetar la hoy vulnerada norma constitucional y la voluntad del pueblo del Chaco expresada en las urnas derogando los decretos de concesión y explotación comercial del Puerto Barranqueras a Colono S.A.”
La ley de contrataciones no permite la contratación directa
“Siguiendo con el análisis de lo dicho por Costamagna, el mismo expresa que la contratación directa de los servicios portuarios está permitida por el artículo 132 de la ley 4787 y no es así, esa Ley que reglamenta el artículo 67 de la Constitución Provincial en su artículo 130 establece como exigencia la aplicación del régimen de “licitación pública o concursos” cuando se trate de adquisiciones, locaciones, obras y prestaciones requeridas por el ente contratante, y por remate o licitación pública cuando se trate de locación o enajenación de bienes o derechos pertenecientes al Estado Provincial”.
“La explotación y comercialización de los servicios públicos del puerto constituyen un derecho constitucional perteneciente al Estado Provincial y el art. 130 de la ley 4787 exige la licitación pública, pero además la concesión y/o contratación en forma directa no está autorizada por la ley 4787 para los casos de concesión de servicios públicos como lo son el servicio de dragado y la explotación y comercialización del Puerto Barranqueras, toda vez que para éste tipo de contratación directa sea legalmente posible deben encuadrarse en las excepciones previstas por el art. 131 de la ley 4787, de cuya lectura surge con toda claridad que “….no están contemplados como excepción los servicios públicos del Estado Provincial….” por ende no es legalmente improcedente la contratación directa de éstos servicios públicos, entendiéndose éstos como toda actividad del Estado cuyo cumplimiento debe ser asegurado, regulado y controlado”.
“Parafraseando a Costamagna yo podré tener falta de precisión, pero él se hace el distraído pateando la pelota fuera de la cancha en cuestiones que afectan seriamente los intereses de los chaqueños, el mejor ejemplo de la falta de sustento de las declaraciones de Costamagna está dado por su fundamentación en el artículo 132 de la Ley 4787 porque, como lo he dicho, ésta es una norma de excepción y entre las excepciones del artículo 131 no están contemplados los servicios públicos, a esta altura tendría que rever quien es el desinformado”, añadió.
Colono S.A. tiene explotación monopólica prohibida por la ley
“La maledicencia y la intencionalidad de engañar son manifiestas en las declaraciones de Costamagna toda vez que oculta ante la opinión pública no solo la exigencia de “licitación pública” establecida en el artículo 11 de la Ley de Puertos sino también porque también oculta el último párrafo de éste artículo que dice: “EN NINGUN CASO LA CESION DE LA OPERATORIA Y EXPLOTACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA TENDRA CARÁCTER MONOPÓLICO, ASEGURANDO LA LIBRE CONCURRENCIA EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS” y como surge del Decreto 2445/12 se le otorga a COLONO S.A. la explotación y comercialización en forma monopólica burlando la Ley, como legislador al que el pueblo del Chaco le ha otorgado el mandato de defender sus intereses y como ciudadano de esta querida provinciano voy a callar ante tremendas irregularidades, voy a luchar para revertirlas”
Colono S.A. fue contratado para liquidar las tasas de dragado
“Costamagna también miente descaradamente cuando afirma que COLONO S.A. no liquida y que el encargado a hacerlo es la Administración Provincial del Agua en virtud de lo reglado por la ley 5012, y digo que miente porque una verdad a medias es la peor de las mentiras puesto que si bien es cierto que el APA tiene la facultad de liquidar las tasas de dragado, conforme a la ley 5012 por el art. 1º del Decreto 2558/12 “…se intruye a la Administración Provincial del Agua a contratar los servicios de asesoramiento y colaboración para la determinación, LIQUIDACION y aplicación de la tasa de dragado del Riacho Barranqueras de la Compañía Logísitica del Norte S.A., conforme los términos y las condiciones que se detallan en el modelo de convenio que,como Anexo I, forma parte del presente Decreto…” por lo tanto Colono S.A. ha sido contratada para asesorar y colaborar en la liquidación de la tasa de dragado del riacho Barranqueras, lo que significa que COLONO S.A. liquida y determina el monto de la tasa de dragado aunque tal liquidación no es vinculante para la Administración Provincial del Agua conforme los términos de la cláusula 3° del modelo de convenio que como anexo I establece el Decreto 2558/12”.
Diputado informado y Director mentiroso
“En suma, sepa la opinión pública de mi provincia que no soy un diputado mal informado como sugiere pícaramente Costamagna y también sepa que éste es un mentiroso porque oculta la verdad”, finalizó Peche.