La Justicia rechazó la apelación de Carossini en defensa de la libertad de expresión
La Cámara de Apelaciones de Resistencia confirmó el dictamen de primera instancia que ratifica la vigencia de la libertad de expresión en el Chaco, rechazando una demanda por daños y perjuicios y daño moral del ex subsecretario de Información Pública, Carlos Carossini contra el Sindicato de Prensa del Chaco, su secretario general Orlando Nuñez, el Centro Nelson Mandela y su representante Rolando Nuñez.
El ex funcionario del rozismo había apelado contra el Sindicato de Prensa y a la Centro de Estudios Nelson Mandela por la denuncia pública que estos organismos emitieron en referencia al monto del gasto en publicidad y propaganda de ese gobierno durante el período 1996 - 2003 en base a información oficial de la Contaduría General de la Provincia del Chaco.
En base a esto, la justicia chaqueña ratificó al aplicar la doctrina de la “real malicia” la vigencia de la libertad de expresión en la provincia. La sentencia definitiva fue dictada ayer por las integrantes de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, María Delfina Denogens y Marta Inés Alonso de Martina.
En la sentencia, las camaristas destacan que quedó evidenciado en la causa que "el error partió de la Contaduría de la provincia, lo que quedó reconocido por el actor al presentarse a dicho organismo, peticionando la rectificación del dato. Además no es ocioso señalar que tuvo la posibilidad de acceder a los medios periodísticos para aclarar la situación".