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Miguel A. Gimenez - Adela Acosta
Jueves, 26 de abril de 2018
Amamos la vida, desde la concepción
La Corriente Gobernar Bien Chaco, desde su espacio de representación pretende respetuosamente hacer pública su línea de pensamiento en relación al acompañamiento o interrupción de la Vida del niño por nacer. Entendemos que el niño por nacer tiene derecho a la igualdad de oportunidades y a la protección contra cualquier tipo de discriminación. Es doloroso y totalmente exento de todo amor “clasificar” a los niños como “deseados” o “no deseados”.

Entendemos que la salud pública argentina necesita encontrar propuestas que cuiden y protejan a la madre y a su hijo, y defiendan la vida, tanto de la mujer como la del niño por nacer. Creemos que todo tipo de legislación, debe ser equilibrada y atender la mayoría posible de intereses de las partes, en este caso de la mama embarazada, y del niño por nacer, en procura de garantizar mejor calidad de vida para todos. Para ellos y su entorno, en un ámbito tan valorable como la familia. Alguien podría cuantificar, cuanto daña a una familia un hecho de estas características? A hermanos, padres, abuelas, etc.?

Afirmamos que no hay vinculación alguna entre la profesión médica y el aborto, por tal razón, el aborto no puede enrolarse en el ámbito de la salud pública, ya que no es propio de la medicina el matar personas inocentes e indefensas. Su juramento hipocrático los trasforma en genuinos defensores de la vida, hasta sus últimas instancias.

En lo estrictamente jurídico, en relación al art. 1° de la convención sobre los derechos del niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad. (Ley 23849 – 27/09/90). En el art. 6 de dicha convención, los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. En la mixtura de ambos pronunciamientos, se elabora una verdad dogmática irrenunciable y reglamentariamente irrebatible, teniendo en cuenta el orden de prelación de leyes.

Afirmamos que la legislación argentina, la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y los Tratados Internacionales protegen al niño por nacer desde su concepción, y lo hacen sujeto de derecho. Afirmamos que el derecho que la mujer tiene sobre su cuerpo encuentra su límite frente al cuerpo del otro, ya que el embrión no es parte del cuerpo de la madre, su ADN es distinto al de sus progenitores.

No vemos atinado que la solución para resolver un problema social como es la muerte de mujeres por abortos clandestinos, sea originar otro problema social mediante la eliminación de seres humanos por nacer. El abordaje de este tema, pretendemos hacerlo con la mayor equidad y amoroso cuidado. Sin criticar a las personas, aunque puntualizando las practicas que no provienen de Dios. Sabemos que hay situaciones difíciles y dolorosas, de violencia, marginalidad, pobreza, falta de formación, soledad y abandono; pero nuestra más íntima convicción, es que el aborto nunca es la solución. Rogamos para que Dios nos ilumine e ilumine a nuestra sociedad para encontrar caminos de vida frente a tanto dolor

Miguel A. GimenezAdela Acosta

PRESIDENTE SEC. GRAL


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