Campaña anti Coqui: ¿El Tribunal Electoral del Chaco avala publicidad negativa sin verificar nada?
La resolución emitida este jueves incurriría en graves inconsistencias en torno al rechazo a proteger a Jorge Capitanich de ataques no verificados, además de ignorar estándares internacionales contra la desinformación y el financiamiento opaco de campañas.
El Tribunal Electoral del Chaco desestimó el pedido del Frente Chaco Merece Más para frenar una campaña de publicidad negativa contra su candidato, Jorge Capitanich, bajo el argumento de "libertad de expresión". Sin embargo, la resolución 146/25 omite controles clave sobre desinformación y financiamiento ilegítimo, poniendo en riesgo la equidad de las elecciones del 11 de mayo.
El fallo consideró que los ataques contra Capitanich —basados en "fragmentos de programas televisivos"— están amparados por el artículo 13 de la Convención Americana de DDHH.
No obstante, ignoró estándares internacionales: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Caso Kimel vs. Argentina, 2008, establece que la libertad de expresión no protege afirmaciones falsas que distorsionen elecciones.
Tampoco tuvo en cuenta el Código Penal Argentino que en su artículo 117 sanciona la difusión de noticias falsas que alteren el proceso electoral.
La inconsistencia parece clara: el Tribunal no verificó si los contenidos fueron editados maliciosamente (deepfakes, recortes fuera de contexto), una práctica habitual en campañas sucias.
El Tribunal - integrado por su presidenta, Emilia Valle, las juezas Cristina Pisarello y Antonia Cuadra- admitió que medios como eldisenso.com pagaron publicidad contra Capitanich, pero eludió fiscalizar su origen ya que el Chaco no tiene ley de financiamiento electoral (omitiendo abiertamente la Ley Nacional 26.215) y que la Corte Suprema en el fallo "Asociación por los Derechos Civiles", de 2011, exige transparencia para garantizar igualdad entre candidatos.
Así las cosas, en lo que podría considerarse el núcleo del debate, al derivar el caso al Juzgado Federal sin auditar los fondos, el Tribunal avala asimetrías en la campaña.
Doble estándar y ¿riesgos para la democracia?
Mientras exige al Frente Chaco Merece Más "individualizar enlaces" (fojas 114), el Tribunal no requirió pruebas a quienes acusan a Capitanich de corrupción o nepotismo. Esto contrasta con países como Brasil, donde el Tribunal Superior Eleitoral (TSE) en la resolución 23.610/2019 obliga retirar publicaciones falsas en campañas.
En conclusión, la resolución, aunque formalmente ajustada a derecho, relaja controles esenciales contra la desinformación y el dinero ilegítimo, creando un precedente peligroso para elecciones libres. Y la provincia se encamina a que este 11 de mayo, los chaqueños no solo voten candidatos sino también pongan a prueba la solidez de las instituciones.